Lunes 29 de noviembre de 2010
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Departamentales
La Justicia respondería si le devuelve un campo a ex legislador
Este lunes ingresaría a los tribunales de Rosario del Tala la respuesta a la demanda que presentó en septiembre. El predio fue expropiado por una sentencia dictada en 2005, al hallarlo responsable de enriquecerse ilícitamente.
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Mario Yedro quiere su campo.

E

l Estado provincial rechazará la pretensión de Mario Yedro, que pidió a la Justicia que se deje sin efecto una sentencia firme en su contra por enriquecimiento ilícito, por la cual se le confiscó una estancia de su propiedad, de 2.164 hectáreas, ubicada en el departamento Tala, y adquirida a un valor original de 800 mil dólares. Los representantes legales de la Provincia, en cuyo poder quedó la propiedad del campo ahora en disputa, plantearán la “incompetencia” del fuero civil y comercial para entender en la demanda que planteó Yedro: el argumento central apuntaría a llevar el asunto ante el tribunal que condenó al ex senador, esto es la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Concordia. Así, el razonamiento sería entonces que sólo si la Sala Penal da cabida al pedido de Yedro para que le restituyan esa propiedad decomisada, podría plantearse el caso ante un juzgado civil y comercial. No antes. Aunque de antemano la Provincia sostiene que aquella primera sentencia está suficientemente firme, sostiene el artículo periodístico. En septiembre último, Yedro, condenado en 2005 por la Justicia por el delito de enriquecimiento ilícito a una pena de 3 años de prisión en forma condicional, a pagar una multa de 90 mil pesos, inhabilitación por el término de 10 años para ejercer cargos públicos y el decomiso de un campo de 2.164 hectáreas, reclamó que le devolviesen esa propiedad, que desde septiembre de 2008 tiene en posesión el Estado provincial. Lo hizo a través de un recurso judicial que se conoce como “acción reivindicativa”, que presentó ante el titular del Juzgado Civil y Comercial de Rosario del Tala, Gastón Agotegaray. El argumento de Yedro es que la Justicia lo condenó a él por enriquecimiento ilícito, pero terminó condenando a un “tercero”, la sociedad Delrubio y Hunmendi, propiedad del campo en litigio. La sociedad Delrubio y Hunmendi está integrada, además de Yedro, por sus hijas, Fátima, Luciana y Lara, quienes pasaron a formar parte del consorcio en 2003, tras la separación del ex legislador de su esposa, Silvia Torres. Esta última cedió a sus hijas –en forma gratuita, claro– su participación accionaria. El 3 de abril de 2003, y ante escribano público, Yedro y Torres, hicieron el reparto de bienes; el mismo día y ante el mismo escribano, Daniel Corsini, la mujer donó a sus hijas su participación accionaria en la empresa. Para la Justicia, la compra de aquel campo en Distrito Raíces Norte, departamento Tala, sumado a la compra de un predio de 91 hectáreas en Puerto Yeruá, departamento Concordia, y la apertura de una cuenta bancaria en la República Oriental del Uruguay, constituyeron actos de “enriquecimiento ilícito insuficientemente justificados” por cuanto ocurrieron en forma contemporánea al ejercicio de cargos públicos en el Estado. Yedro fue concejal justicialista de Concordia al inicio de la recuperación democrática, en 1983, y luego senador provincial durante dos períodos, coincidentes con la primera y la segunda gobernación de Jorge Busti: entre 1987 y1991, y entre 1996 y 1999. Razones del pedido El apoderado legal de Delrubio y Hunmendi, el abogado Claudio Alfredo Manfroni Reynoso, pidió la devolución del campo con el argumento de que la condena judicial recayó sobre el “socio gerente” y no sobre la sociedad propietaria del campo, lo que convierte a sus socios en “terceros no responsables”. El escrito, caratulado “Delrubio y Hunmendi SRL c/ Superior Gobierno de Entre Ríos. Reivindicación de inmueble”, señala que “ante la eventualidad de que la Provincia intente seguir adelante con la ejecución de la sentencia y desalojar del campo a nuestro mandante, Delrubio y Hunmendi, con sus semovientes, maquinarias, muebles y útiles, provocando un daño injusto aún muchísimo más grave, promueven esta acción para poner las cosas en su quicio, y lograr que dicho inmueble rural se restituya a su legítima propietaria, por haber sido ésta un tercero no responsable de los hechos investigados y juzgados”. El escrito abunda en detalles, y plantea que “ese predio rural (el campo de Raíces Norte) fue bien habido por la sociedad, por lo cual directamente ha sufrido un despojo y se la ha descapitalizado por la arbitraria acción de la Justicia”. La contestación de esa demanda, a cargo del Estado provincial, ingresaría este lunes al Juzgado de Rosario del Tala, y señalará las inconsistencias del pedido del ex senador. Particularmente, la contradicción de pedir que en el fuero civil se deje sin efecto una condena del fuero penal lo cual, a juicio de la defensa oficial, resultaría inadmisible. Y pedirá directamente la declaración de la incompetencia por parte del tribunal talense. En su respuesta, la Provincia “niega” que Delrubio y Hunmendi sea “un tercero no responsable” en el pleito por cuanto esa sociedad estaba integrada, al momento de producirse el enriquecimiento, por Yedro y su ex esposa, quienes resultaron condenados por la Justicia. Y por tanto, Yedro y la sociedad propietaria terminan siendo lo mismo. El texto, que este lunes ingresaría a la Justicia en Rosario del Tala, rechazará, además, la posición del ex senador en cuanto a que la parte de la sentencia que le confiscó el campo sea “arbitraria”, como que se hayan avasallado derechos de las “socias” de Delrubio y Hunmendi, esto es las hijas del ex senador, ahora propietarias de la estancia de Raíces Norte. Sin destino A Mario Alberto Yedro y a su ex esposa, Silvia Torres, la Justicia los encontró culpables del delito de enriquecimiento ilícito. El 22 de diciembre de 2005, la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Concordia –entonces compuesta por los jueces Mariela Emilce Rojas de Di Pretoro, Martín Francisco Carbonell y Marcelo Garay– condenó al ex titular de la bancada justicialista en el Senado a una pena de 3 años de prisión en forma condicional, a pagar una multa de 90 mil pesos, lo inhabilitaron por el término de 10 años para ejercer cargos públicos, y se le aplicó el decomiso de un campo ubicado en el departamento Tala. La estancia no tuvo dueño cierto hasta que en septiembre de 2008 la Fiscalía de Estado tomó posesión del predio, pero desde entonces hasta ahora no se le ha dado un destino específico. La Provincia aguardará a que se resuelvan planteos federales que la defensa del ex legislador ha introducido ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, adonde concurrió con un recurso de queja. Con lo cual, el campo que ahora Yedro pide que le devuelvan no se puede vender ni entregar en cesión a un tercero. Ni darle ningún uso que no sea su custodia provisoria. (El Diario).-
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