Viernes 26 de noviembre de 2010
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Interés general
Endurecen los controles en los locales comerciales con música funcional
Las inspecciones comenzaron en la Peatonal de Paraná y llegarán hasta locales en los barrios. En 2005 el gobierno nacional actualizó las tarifas. Al caer venta de discos recaudan por “derechos".
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Para ambientar musicalmente un comercio, hay que pagar.

C

omo la industria de la música viene sufriendo cambios radicales en los últimos 10 años los representantes de la Asociación Argentina de intérpretes (AADI) y de la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas y sus Reproducciones (Capif) se decidieron a hacer cumplir una Ley nacional que no muchos conocen. En 2005 la Jefatura de Gabinete de Ministros a través de la Secretaria de Medios de Comunicación de la Nación anunció en una circular que, en Entre Ríos distribuyó la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME): “Mediante la resolución citada en el Visto se actualizó oportunamente el listado arancelario que deben abonar los usuarios por la utilización de reproducciones fonográficas en ejecuciones públicas o por cualquier medio”. Entonces, a partir de la medida que firmó el secretario de Medios de Comunicación de la Nación, Enrique Albistur, los más de 400 colaboradores que trabajan para AADI-Capif en todo el país salieron a cobrar los “derechos” en los 66 rubros que tienen discriminados. En Paraná los inspectores comenzaron por los negocios del centro. Más precisamente los de la peatonal San Martín. Luego seguirán las inspecciones por los que se encuentran dentro de los bulevares y más tarde le llegará el turno a los comercios de los barrios. Recaudación La necesidad de recaudar comenzó desde que la industria musical empezó a perder cientos de millones de pesos anuales en manos de Internet. Los ahora ex clientes de las discográficas comenzaron a “bajar” la música en forma gratuita y los ingresos por ventas de discos descendieron al mismo ritmo. Este cambio en el mercado repercutió en la vida diaria. Cualquier comercio que tenga música funcional en sus parlantes deberá pagar una tarifa mensual. Por ejemplo, en una de las disquerías de Paraná que obviamente pasa música para cautivar clientes, por mes, abona 60 pesos por cada local. Como su dueño tiene dos comercios el aporte llega a los 120 pesos solo en AADI-Capif. Claro que también tiene que pagar 35 pesos a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic). “La Ley existe desde siempre. Lo que pasa es que algunos no la conocían o directamente no la cumplían”, se sinceró Jorge López, el presidente del Centro Comercial de Paraná. El directivo igualmente aceptó que algunos afiliados mostraron su descontento pero lo atribuyó al desconocimiento. Por otro lado, en uno de los comercios de la galería Almendral que “todo el tiempo” tiene música de fondo, todavía nadie pasó a anunciar el cobro del “derecho”. Mientras que en un local de la Peatonal, que no sólo pasa música sino que también hace tocar DJ en vivo para amenizar las ventas de la tarde ya vienen pagando el impuesto desde hace unos dos años. Ahora habrá que esperar la reacción de los comercios de los barrios. Por lo pronto en la Peatonal “algunos se enojan”, detalló uno de los empleados de AADI - Capif en la oficinas de Paraná. En un breve diálogo telefónico explicó: “Primero visitamos a los locales, les comentamos de los derechos, le dejamos la información y en una semana o 15 días pasamos a cobrar”. Las categorías Estas son las categorías que anunció la CAME a través del Centro Comercial e Industrial de Paraná: en la primera categoría están los locales individuales de venta de indumentaria y accesorios, ropa deportiva, electrodomésticos y/o artículos del hogar, salas de entretenimiento, disquerías, gimnasios, heladerías y videoclubes. En la segunda están los locales individuales de perfumerías, farmacias, jugueterías, librerías, oficinas comerciales con atención al público, peluquerías, y comercios de venta de artículos en general no incluidos en la primera y tercera categoría. En la tercera aparecen los almacenes sin líneas de cajas, ferreterías, panaderías, verdulerías, carnicerías, gomerías, venta de repuestos, mercerías y talleres. En la cuarta se encuentran las cadenas de comercialización y los locales que desarrollen actividades incluidas en la Primera, Segunda y Tercera categoría, que directamente y a través de franquicias, licencias o similares formas, comercialicen bajo un mismo nombre comercial o marca, servicios yo productos, siendo aquellos una sucursal o local de la cadena, la franquicia y la licencia con indiferencia si son explotados, o no, por las mismas personas físicas o jurídicas. (UNO)
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