Domingo 24 de octubre de 2010
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Interés general
El STJ retó a jueza candidata a camarista
La Sala Penal del máximo tribunal opinó que la ex jueza de Instrucción suplente Nº3 Marcela Badano, no actúo como correspondía en la tramitación de una causa por Tentativa de Homicidio. Cuestionan que el juicio se demoró seis años.
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Desde el STJ se mostraron críticos con una jueza que pretende ser camarista.

L

a Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) realizó una advertencia a una ex jueza de Instrucción suplente, que ahora fue propuesta como camarista por el Poder Ejecutivo, por las “anomalías constatadas” en la tramitación del expediente Nº 3826, caratulado Vega, Javier Oscar - Figueroa Gustavo Marcelo/Homicidio en grado de Tentativa. La sentencia firmada por Daniel Carubia, Carlos Chiara Díaz y Emilio Castrillón cuestionó la actuación de Marcela Badano, quien es candidata a ser vocal de la Cámara Primera, Sala II de Paraná. La ex jueza, que salió tercera el concurso Nº 66 realizado por el Consejo de la Magistratura para camarista, en breve será citada por el Senado para la audiencia pública, ya que su expediente se encuentra en la cámara Alta. El punto V El lunes a las 12.45 el STJ hizo público los fundamentos del rechazo de la Casación interpuesta por los abogados de Vega y Figueroa, quienes pretendían que los acusados sean absueltos o en caso subsidiario sean sometidos nuevamente a juicio, pero por el delito de Lesiones Graves. (Ver recuadro Una Historia). Después de explicar porqué se rechazaba la presentación, los vocales, de oficio, entendieron: “(...) no puede esta Casación omitir observar el irregular y displicente desarrollo impreso a la investigación(...)”. Los magistrados del Alto Cuerpo aclararon que sólo iban a reseñar “algunas” de las particulares anomalías constatadas en la Instrucción que “han provocado una injustificada dilación de la instancia preliminar, por completo desnaturalizante del principio elemental de celeridad procesal y de la garantía de ser juzgado en un plazo razonable(...) con inevitable detrimento de la ya devaluada imagen del servicio de justicia”. Más adelante, precisaron que de la simple compulsa del expediente se desprende que la ex jueza cometió una serie de errores que van desde haber omitido dictar su avocamiento, demorar la práctica de las pruebas, no resolver la situación procesal de los sospechosos y demorar la investigación con medidas inconducentes. El voto desarrollado por Carubia, al cual adhirieron en un todo Chiara Díaz y Castrillón, pretende “evitar en el futuro la reiteración de indebidas conductas indolentes en la tramitación de una causa”. Una historia con condena En junio, la Sala I de la Cámara Primera en lo Criminal de Paraná condenó a Oscar Javier Vega y a Gustavo Marcelo Figueroa a seis años de prisión por ser coautores materiales de la agresión que dejó paralítico a Jorge Arce, bajo la carátula de Tentativa de homicidio. Vega y Figueroa golpearon y efectuaron dos disparos contra el joven de 24 años, el 12 de setiembre de 2004. En coincidencia con el pedido del fiscal de Cámara, Leandro Ríos, los integrantes de la Sala I de la Cámara del Crimen cambiaron la figura penal “lesiones gravísimas”, con la que fueron procesados, por la de “homicidio en grado de tentativa”. La víctima domiciliada en el barrio Belgrano de Paraná fue lesionado en la espalda y una pierna cuando volvía de un kiosco. Sus agresores, según se contó en el juicio, lo tiraron a una cuneta, luego de balearlo pensando que estaba muerto. Demoras injustificadas, según el STJ Según la sentencia, Marcela Badano llegó al juzgado el 30 de setiembre de 2004 y renunció al cargo en diciembre de 2006. Dejó el Juzgado sin haber resuelto la situación procesal de Vega y Figueroa, entre otras cuestiones. Si bien los acusados fueron condenados, el juicio recién se realizó seis años después. Se detalla en el fallo que el 5 de octubre de 2004 Badano recepcionó la declaración testimonial de la madre de la víctima. Allí, la mujer puso en conocimiento de las autoridades los nombres de las personas que Arce sindicaba como autores de los disparos que lo dejaron paralítico. Sin embargo, según los vocales del STJ “(...) a pesar de estar desde el inicio de la prevención individualizados los presuntos autores del ilícito, continuó la instructora señalando audiencias para recibir declaraciones testimoniales aisladas (...) prolongando inútilmente el proceso, sin siquiera formular imputación contra los sospechados ni llamarlos a proponer abogado defensor, para que puedan controlar la prueba que se estaba produciendo”. Otro error marcado a la ex jueza fue disponer tomar declaración –sin dictar su avocamiento a la instrucción formal de la causa– situación que “nunca fue advertida por las partes y por tanto, a esta altura, consentida e irrelevante”, dice la resolución. En el veredicto se indica que luego de dos años y 21 días de acontecido el hechos que dejó con severas lesiones a Jorge Arce de 24 años “finalmente se llegó a recibir las declaraciones indagatorias a los encausados (...) luego de inexplicable insistencia con infructuosas citaciones efectuadas (...) para que los incursos ejerzan su derecho de defensa, sin adoptar tempranamente los mecanismos apropiados para conjurar esa situación, con la consecuente prolongación del trámite(...)”. Por último, los integrantes de la Sala Penal del STJ aseveran que “las falencias, irregularidades y dilaciones detalladas (..) justifican sobradamente la formulación de una expresa advertencia a quienes (...) tuvieron bajo su responsabilidad la dirección del caprichosamente anormal trámite de esta causa (...)”. (Fuente: Diario Uno)
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