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esde el miércoles está internado en el Hospital Materno Infantil San Roque un niño de 7 años, víctima del ataque de un perro de raza dogo que lo mordió en distintas partes del cuerpo. Afortunadamente, ayer las noticias eran buenas en tanto el pequeño se recuperaba de las lesiones sufridas, pero debió ser internado en terapia intensiva, compensado y sometido a cirugías para logar la reconstrucción estética del rostro y tórax, así como las zonas del cuerpo más afectadas, según indicaron los profesionales del nosocomio. “Afortunadamente no se afectaron órganos vitales ni la vista”, dijo a los medios Javier Garberi, secretario técnico del hospital. El galeno explicó que las heridas provocadas por el perro fueron en tejidos subcutáneos y si bien manifestó que no reviste gravedad, aclaró que “habrá que esperar la evolución de la reconstrucción para ver si quedan cicatrices o se dan infecciones”. No es el primer caso de estas características que se conoce. En Paraná ya los ha habido, y con frecuencia se encuentran también en las crónicas periodísticas de otras ciudades. “Siento que es una necesidad que hablemos de este tema, que generemos un marco normativo para que los municipios puedan actuar”, sostuvo el senador provincial Horacio Díaz, que junto con su par César Melchiori es autor de un proyecto de ley que tiene por objeto establecer la normativa aplicable a la tenencia, crianza y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos, para hacerla compatible con la seguridad de las personas, bienes y otros animales. El debate del tema en la Legislatura entrerriana tiene antecedentes. Hay un proyecto de larga data en similar sentido que tiene media sanción de Diputados. Sin embargo, no es ese el que podría tratar el Senado en el término de los próximos 20 días ya que del análisis de aquella iniciativa concluyeron que era mejor pensar un nuevo texto que diera forma a un marco normativo general dentro del cual, los municipios con sus propias ordenanzas pudieran regular conforme a realidades de cada localidad. El senador Melchiori explicó a que el proyecto tiene dictamen de comisión, lo que lo pone en condiciones de ser tratado en una sesión y apuntó que incorpora pautas, parámetros generales, para que sea cada municipio el que luego regule. De hecho, Paraná, Gualeguaychú, Concepción del Uruguay están citadas en los fundamentos como las ciudades entrerrianas que ya cuentan con sus propias normativas a través de ordenanzas. El senador Díaz, de profesión veterinario, se refirió a la necesidad de una ley que ampare a los municipios al momento de crear su propia legislación. Entre otros lineamientos que se tuvieron en cuenta en la redacción del nuevo proyecto, el legislador se refirió a poder determinar si un perro es peligroso o no. Tal como explicó, hay una variabilidad en la misma raza, con su carácter, su genética y la expresión frente a determinadas circunstancias. “Puede haber perros agresivos y no, dentro de una misma raza”, afirmó. En ese punto, el articulado alude a perros potencialmente peligrosos, definiéndolos como aquellos incluidos dentro de una tipología racial que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas, a otros animales y daños a las cosas. También, a los que, cualquiera sea su raza, hayan evidenciado, mediante denuncias, antecedentes de agresión hacia personas, otros animales o bienes. Propósitos Explicado está en los fundamentos del proyecto de Melchiori y Díaz que la intención es regular las condiciones para la tenencia, crianza y adiestramiento responsable de los perros potencialmente peligrosos, con el propósito de minimizar los riesgos de las personas y lograr que estos animales tengan una buena convivencia con su entorno. Señalan en ese texto que en los últimos tiempos se han multiplicado en forma notoria los casos de personas atacadas por perros considerados potencialmente peligrosos y que esas situaciones de agresión se repiten una y otra vez con diversas consecuencias dependiendo de las características del perro y la víctima. Acotan que las razas de las que se ocupa la iniciativa hasta hace un tiempo eran desconocidas para muchos y atribuyen a la inseguridad la creciente adopción de este tipo de animales en los últimos años. Está analizada la peligrosidad que pueden tener esos animales y haciendo hincapié en el potencial daño que pueden causar, los legisladores argumentan que “así como existe una ley que reglamenta la tenencia de armas de fuego, para lo cual se exige el cumplimiento de determinados requisitos para la compra de ellas; es necesaria la reglamentación del tránsito y la tenencia responsable de perros potencialmente peligrosos”. La norma que va a tener tratamiento legislativo busca regular la tenencia de estos perros, con el objeto de que los dueños sean identificables y responsables por los daños que sus perros puedan causar, y de este modo brindar una mayor seguridad. Potencialmente peligrosos Las especies de canes que están catalogadas como peligrosas son: akita inu, american staffordshire, beauceron, boerboel, bullmastif, bull terrier, ca de bou, cane corso, cao da serra da estrella, cimarrón del Uruguay, doberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileño, gran danés, gran perro japonés, mastín napolitano, mastín español, mastín de los Pirineos, ovejero alemán, pit bull terrier, presa canario, rottweiler, staffordshire bull terrier, schnauzer y tosa inu. Exigencias y seguridad Si el proyecto se convierte en ley, la tenencia de animales clasificados como potencialmente peligrosos requerirá la previa obtención de una licencia administrativa por parte del dueño que será otorgada por el municipio de residencia del solicitante, para lo cual se exigirán determinados requisitos, entre los que figura ser mayor de edad, no tener condena penal o por infracciones en la tenencia de este tipo de animales, acreditar una cartilla sanitaria y acreditar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales. Cada año se deberá renovar esa licencia y será responsabilidad de cada municipio crear un registro donde constarán datos de identidad y domicilio del tenedor. En el extenso articulado, están previstas una serie de obligaciones para el propietario del animal que, en la medida que se hagan cumplir, podrían tener incidencia en la disminución de los ataques. Se establece que el dueño deberá adoptar medidas de seguridad y prevención en el inmueble donde se aloja al perro, en el que debe haber estructuras suficientemente resistentes y de dimensiones adecuadas que impidan al perro escaparse o sobrepasar el hocico más allá de los límites propios. Ese lugar que deberá estar señalizado con la inscripción “perro potencialmente peligroso”, tendrá que reunir condiciones de higiene, de alimentos, custodia adecuadas para no producir ninguna situación de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas, como así tampoco para el propio animal. Además prohíbe a toda persona en el ámbito de la provincia transitar por espacios públicos con perros potencialmente peligrosos en libertad de acción. En ese sentido, están previstas también una serie de sanciones para quien, por ejemplo, deje suelto el perro o no adopte las medidas necesarias para evitar su escape o extravío. (El Diario).-