E
l Tribunal de Cuentas de Entre Ríos pudo determinar, cinco años después, que la quema de alimentos destinados a planes sociales, ordenado por la ex ministra de Salud y Acción Social durante el tercer mandato de Jorge Busti –hoy presidente de la Cámara de Diputados–, en junio de 2005, supuso un perjuicio al Estado provincial de 2.485.984,73 pesos. El Tribunal de Cuentas no pudo, sin embargo, determinar el volumen de la mercadería que se incineró, por cuanto buena parte de la documentación no fue hallada. La quema había sido ordenada por el Instituto de Control de Alimentos, cuando estaba dirigido por el hoy responsable de Lucha contra las Adicciones, Mario Elizalde, en razón de que buena parte de los productos estaban vencidos o, peor aún, habían sido invadidos por las ratas en el depósito ubicado en el predio del Ejército, donde se guardaban. La mercadería había sido comprada con una inversión superior a los 6 millones de pesos, aportados en su mayor parte por la Nación, en el marco del plan “El hambre más urgente”. Según el Tribunal, de la documentación reunida en cinco años de investigación y de los testimonios recogidos, se pudo deducir “que no medió un adecuado plan de recepción y entrega programada de mercaderías, no obstante el importante monto invertido, entendiendo que primó la imprevisión, negligencia en quienes tenían la responsabilidad, control y distribución de las mercaderías”, por lo cual, agrega el dictamen al que accedió EL DIARIO, se acreditó el “nexo causal entre la negligencia y el daño producido al fisco”. Aquel escándalo le costó a López de Degani el cargo de ministra en el gabinete de Busti, y de coordinador del depósito general a Hugo Musto, pero ninguno se quedó sin empleo: la ex funcionaria continuó con su función de instructora de residentes en el Hospital San Martín, y Musto fue reubicado en la Cámara de Diputados. Sin condenas Un pormenorizado informe producido por Alicia Mariela Gamarra, abogada del Tribunal de Cuentas, sigue en detalle cómo fue que ocurrió aquel escándalo de la quema de alimentos que habían sido adquiridos por la Provincia con fondos nacionales por un valor de 6.912.000 pesos y destinados a “familias de mayor vulnerabilidad socio-sanitaria”, según el texto del decreto Nº 2.706 del año 2004 por el cual se aprobó el convenio marco con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. El texto contiene un dato clave: antes de que ocurriera la incineración de alimentos que se dejaron vencer o que fueron dañados por roedores, un equipo de auditores del Tribunal de Cuentas había alertado, ya en marzo de 2005, respecto de las deficiencias en el depósito ubicado en Alvarado y Avenida Ejército, en Paraná. Esas anormalidades fueron puestas en conocimiento del entonces gobernador Jorge Busti, y también se notificó a la ministra de Salud y Acción Social, Graciela López de Degani. En junio ocurre lo anunciado: mucha mercadería se daña, y debe quemarse, por orden de Bromatología. El hecho se conoció el 14 de junio a través de EL DIARIO, y luego las autoridades debieron reconocer lo sucedido, lo que dio lugar a la presentación de una denuncia en la Justicia por parte del entonces diputado provincial radical Osvaldo Fernández. La causa, caratulada “López, Graciela Delia – Musto Hugo Alberto s/Incumplimiento de deberes de funcionarios públicos”, sin embargo no prosperó: el 8 de octubre de 2008 el Superior Tribunal de Justicia sobreseyó a los dos involucrados, López de Degani y Musto. Resarcimiento Pero a pesar de ese trámite judicial y “no obstante el sobreseimiento dictado” en la causa penal, el Estado estaría en condiciones de entablar una demanda civil en procura de establecer “si ha mediado una falta o culpa civil que lo responsabilice (al funcionario) pecuniariamente”, según lo que escribió en diciembre último la abogada Gamarra. Aunque el dictamen Nº 16.220, de febrero pasado, firmado por la contadora Irupé de Rodríguez, Fiscal de Cuentas Nº 3, plantea que en función de los datos recabados en la investigación, se pudo determinar “responsabilidades de los funcionarios y agentes involucrados, generando la obligación de resarcir al erario provincial por el perjuicio ocasionado”. Aunque el Tribunal de Cuentas pudo establecer el perjuicio económico al Estado, no pudo sin embargo certificar la cantidad exacta de la mercadería incinerada por cuanto la documentación que dio cuenta de eso no pudo ser hallada. Pero de lo que no quedaron dudas fue del “desorden con el que se desempeñaban las tareas en el ámbito del depósito concentrador que trajo aparejado la pérdida de alimentos”. “Asimismo –añade el dictamen del Tribunal de Cuentas–, la responsabilidad podría alcanzar en forma solidaria a la doctora Graciela López de Degani quien, al momento de los sucesos, cumplía las funciones de ministro de Acción Social”, y concluye que “si bien queda demostrada la responsabilidad del señor Hugo Musto, también surge una falta del debido control por parte de la Señora Ministro”. Dice el Tribual que la responsabilidad sería “solidaria” por parte de la ex ministra “quien ocupaba el mencionado cargo al momento en que acontecieran las irregularidades, quien con su conducta negligente, contribuyó a que se ocasionara un perjuicio al erario público lo que surge con claridad de la documentación reunida”. “De la documental aportadas en las presentes actuaciones –escribe Gamarra– surge que no medió un adecuado plan de recepción y entrega programado no obstante el volumen dinerario involucrado. Pareciera haber sido la imprevisión y la negligencia las características de la Licitación bajo análisis, entendiendo que la inobservancia de los recaudos mínimos en el cuidado de las mercaderías correspondientes a la Licitación analizada, acreditan el nexo causal entre la negligencia y el daño producido al fisco”. La responsabilidad ahora de entablar la demanda civil le corresponderá a la Fiscalía de Estado. Protagonistas Graciela López de Degani. A principios de julio, un mes después de conocido el escándalo de la quema de alimentos, Graciela López de Degani renunció a su cargo de ministra de Salud y Acción Social, y fue reemplazada por el concordiense Gustavo Bordet. Cargó con las culpas sobre las espaldas de Hugo Musto, coordinador del depósito central de mercaderías, y dijo que la orden de quemar los alimentos fue dada por el ex director de Servicios Generales, Ricardo Remedi, a pesar de que Musto dependía jerárquicamente de su ministerio. Tras salir de la función pública se incorporó a su cargo de instructora de residentes en Tocoginecología en el Hospital San Martín. Y logró cobrarle al Estado un resarcimiento económico por haber sido dejada cesante durante la administración del radical Sergio Montiel. Cobró 12.730 pesos. Hugo Alberto Musto. Fue designado coordinador general del depósito concentrador de Alimentos el 18 de diciembre de 2003, y permaneció en ese puesto hasta el 20 de mayo de 2005. Su superior jerárquico inmediato era la ministra de Salud y Acción Social, Graciela López de Degani, y a ella respondía. Y según declaró en la investigación abierta, se ocupó de alertar que el depósito había “colapsado”, advertencia que, aseveró, no fue tenida en cuenta por los funcionarios. Después de cesar en su puesto, y a través del decreto Nº 956, firmado por el gobernador Sergio Urribarri y el ministro de Economía, Diego Valiero, se dispuso su adscripción a la Cámara de Diputados a Hugo Alberto Musto, empleado del Ministerio de Salud y Acción Social. Jorge Kerz. En procura de ordenar la imagen pública de su administración, el 18 de junio de 2005 el gobernador Jorge Busti tentó al entonces Defensor del Pueblo de Paraná, Jorge Kerz, para ocuparse de la distribución de los planes sociales. Kerz no dudó mucho tiempo, y al día siguiente aceptó el convite. El día 23 de ese mes asumió el cargo de Coordinador de Políticas Sociales. Cristina Cremer de Busti. La entonces titular del Instituto de Discapacidad, ahora diputada nacional, admitió haber entregado parte de la harina vencida del depósito central, y que había rescatado de la quema. Y dijo que se había entregado a comedores y centros comunitarios. La harina era de marca Brüning, fabricada por un molino de propiedad del empresario Sergio Taselli, adquirente del Frigorífico Regional Santa Elena. La defensa de Cremer La diputada nacional deslindó responsabilidad por la quema de alimentos después de que se detectara que estaban vencidos o que habían sido invadidos por ratas en un galpón del Ejército en el que estaban almacenados. En aquel momento, la legisladora estaba a cargo del Instituto de Discapacidad y admitió haber entregado parte de la harina vencida, aunque apuntó que el 23 de mayo de 2005, el entonces director del Instituto de Control de Alimentación, Medicamentos y Bromatología de Entre Ríos, Mario Elizalde, le envió una nota en la cual le elevaba el informe de laboratorio correspondiente a la harina cuya fecha de vencimiento era del 1º de mayo de 2005, en la que se aseguraba “que los alimentos en cuestión se encontraban aptos para el consumo humano, sin presentar riesgos de enfermedades transmitidas por alimentos”. Asimismo, Cremer recordó que “los alimentos estaban caratulados como productos no perecederos, por lo cual, su uso posterior a la fecha de vencimiento mencionada por el fabricante, estaba íntimamente vinculadas a las condiciones previas de almacenamiento y guarda”, por lo que el propio Elizalde también “sugirió que los alimentos fueran distribuidos y consumidos en los 60 días de la fecha de la nota y, de ser necesario, se le requiriera un nuevo control de laboratorio”. (Fuente: El Diario)