Miércoles 19 de mayo de 2010
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Policiales
Caso Benedetich: declararon nulo el procesamiento de la viuda
El juez entendió que hubo irregularidades en la tramitación de la causa por el asesinato del ex basquetbolista, por la cual fue imputada Liliana Rivas. Se dispondrán nuevas medidas para resolver su situación procesal.
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Por irregularidades en el proceso, se anuló el procesamiento de Liliana Rivas.

E

l juez de instrucción Elvio Garzón, dispuso anular el procesamiento dictado a Liliana Patricia Rivas acusada del homicidio agravado por el vínculo de su esposo Enzo Benedetich. Garzón dispuso la medida en torno a algunas aparentes irregularidades detectadas, por lo que dio marcha atrás en la medida tomada en su momento por el juez de instrucción Eduardo Ruhl. Considera que hubo anomalías en la declaración que tomó personal policial a la mujer. Se dispondrán nuevas medidas a fin de que el magistrado resuelva la situación procesal de la imputada que se vio beneficiada por la medida tomada. Los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Vartorelli habían informado que plantearon la nulidad del procesamiento dictado contra Liliana Rivas por el homicidio de su esposo Enzo Benedetich, ocurrido el 26 de septiembre del año pasado, por considerar que el entonces juez Eduardo Ruhl tomó como prueba la declaración que la mujer dio en sede policial, violando de esa manera normas del debido proceso. Pagliotto argumentó que “hay un principio del Derecho Penal que prohíbe la autoincriminación” y aseguró que Rivas “declaró durante ocho horas, bajo mucha presión y sin la presencia de un abogado defensor”, por lo que ratificó que “esa declaración debía excluirse como prueba”. El letrado de la defensa explicó que se planteó “la inadmisibilidad de las testimoniales tomadas a Liliana Rivas y la nulidad del procesamiento dictado, que deberá extenderse asimismo a todos y cada uno de los actos que resultan su lógica consecuencia, por afectar la garantía de prohibición de declarar contra sí misma, dado que al resolver su situación procesal se valora el contenido de aquellos actos, a pesar de que está vedado al magistrado ponderar dichos testimonios vertidos bajo la coacción propia de una testimonial”, argumentó en la presentación a la que finalmente hizo lugar el magistrado.(Fuente: El Once)
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