S
egún publicó en su edición de este jueves el diario Página/12, “en Entre Ríos pretenden imponer requisitos ilegales para acceder a la anticoncepción quirúrgica”. Así lo manifestó la subsecretaria de Salud, Fabiana Leiva, que dijo que tanto “la vasectomía como la ligadura de trompas se practican en los hospitales, pero con la condición de que estén amparados por un dictamen judicial”. La médica Mabel Bianco, integrante del Consejo Consultivo del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, expresó su “preocupación” por el pronunciamiento de Leiva y advirtió que expresan un “profundo desconocimiento” de la normativa vigente. “La ley es clara: no hay que mandar a la mujer a la Justicia ni se le puede pedir el consentimiento de su pareja, ni que tenga una edad mínima ni una cantidad de hijos determinada”, explicó. Según la publicación, las declaraciones de la subsecretaria de gobierno que encabeza el justicialista Sergio Urribarri “generaron alarma en el Consorcio Nacional de Derechos Reproductivos y Sexuales (Conders)”, una red extensa de organizaciones y personas de todo el país que monitorean la aplicación de las leyes de salud sexual y reproductiva, en la que también actúa Bianco. “Es una vergüenza que una funcionaria no conozca la ley nacional de contracepción quirúrgica”, objetó en diálogo con este diario la trabajadora social Alicia Genolet, integrante del Conders-Entre Ríos. “Estamos observando que las ligaduras se están haciendo a cuentagotas. En los hospitales los médicos dicen que pueden tener problemas con las autoridades si las hacen, tienen temores, obligan a las mujeres a circular por las instituciones. No hay un reconocimiento de que la anticoncepción quirúrgica es un derecho”, advirtió Silvia Primo, también del Conders-Entre Ríos, y profesional del programa de Prevención en VIH-sida, ITS y salud sexual del Rectorado de la Universidad Nacional de Entre Ríos. La Ley Nacional 26.130 fue aprobada por el Congreso en 2006 y rige en todo el país, sin necesidad de que las provincias adhieran a la normativa, precisó Bianco. Establece que tanto la vasectomía como la ligadura de trompas de Falopio “están autorizadas para toda persona capaz y mayor de edad que lo requiera formalmente, siendo requisito previo inexcusable que otorgue su consentimiento informado”. No se requiere consentimiento del cónyuge o conviviente ni autorización judicial excepto en los casos que afectan a personas declaradas judicialmente incapaces, dice la norma. Además, contempla que las intervenciones deben ser realizadas sin cargo en los establecimientos de salud pública, de las obras sociales y de la medicina prepaga, de modo tal que resulten totalmente gratuitas para las y los beneficiarios. “Nos sigue azorando cómo desde 2005, año en el que comenzamos a realizar monitoreos acerca de los derechos sexuales y reproductivos en Entre Ríos, algunos profesionales y funcionarios desconocen la legislación vigente, reproducen información incorrecta y otras veces tergiversada, o deciden arbitrariamente sobre la vida de las personas realizando un verdadero abuso de poder”, señaló Primo. “Estas acciones agregan condición de vulnerabilidad a la población que carece de todo tipo de recursos para poder acceder o hacer uso de los servicios y de sus derechos”, agregó Genolet.