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a Dirección General de Rentas (DGR) de Entre Ríos recordó a los contribuyentes que suscribieron planes de financiación por deudas impositivas, así como quienes lo hicieron en el marco del Decreto Nº 387/09 MEHF, que eviten la caducidad de los mismos respetando las fechas de vencimiento previstas. Cabe remarcar, que el caso del "Régimen Especial de Regularización Tributaria", que fuera instituido por el mencionado decreto, su artículo 14 dispuso que la condonación de las multas e intereses que contempló la normativa, se produce “al cancelarse la totalidad de la deuda, en el tiempo y la forma establecida en el mismo”. De allí que el atraso en el pago de cualquiera de las cuotas, produce “la caducidad del beneficio acordado y los ingresos efectuados serán considerados pagos a cuenta de lo adeudado”. Además, producida la caducidad, se derivará la deuda para su cobro por la vía de Apremio Fiscal. Si bien la DGR realiza la distribución domiciliaria de los boletas de pago, en caso de que no se hayan recepcionado los avisos de vencimiento, el contribuyente puede descargar las mismas en el sitio de Internet del organismo, www.dgr-er.gov.ar