E
n la ciudad de Buenos Aires, el uso de camas solares por parte de menores de 18 años está prohibido desde junio de 2006, cuando se modificó la ordenanza N° 48.455, que regula el funcionamiento de los locales e institutos que cuentan con equipos que emiten radiación ultravioleta (UV). Tampoco en la ciudad de La Plata los menores pueden hacer uso de estos aparatos, ya que en septiembre de 2008 el Concejo Deliberante promulgó una ordenanza (la N° 10.425) similar. En 2006, la Legislatura porteña se había hecho eco de un primer informe difundido por la OMS en marzo del año anterior, en el que se advertía sobre el riesgo potencial del uso de camas solares y se recomendaba evitar su exposición en menores de 18 años. De este período data también en Paraná el proyecto de ordenanza, autoría del entonces concejal Carlos Cuzcueta, que fue aprobado por unanimidad y que en líneas generales legislaba en el mismo sentido que los mencionados. Confirmación “Ya no quedan dudas: el uso de camas solares aumenta significativamente el riesgo de cáncer de piel y de ojos. Así lo confirmó la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer (IARC, según sus siglas en inglés), que publicó ayer en la prestigiosa revista The Lancet Oncology un informe que eleva la calificación del uso de las camas solares de “probablemente carcinogénicas en humanos” a “carcinogénicas en humanos”, publicó La Nación el 30 de julio de este año, haciéndose eco del mismo modo que otros medios de comunicación de lo que se difundió como la certificación de lo que hasta ese momento parecía había estado más bien ubicado en el terreno de la sospecha. El informe de esa agencia, que forma parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), coloca a las camas solares en la categoría de las sustancias y productos de mayor efecto cancerígeno, junto con la exposición a los asbestos, al benceno y al humo de tabaco, entre otros, se informó por aquellos días. Reacciones Existiría la posibilidad de que en las últimas sesiones de este año, el Senado sancione el proyecto de ley de los diputados Maier y Zacarías que entre otros aspectos, prohíbe la utilización de equipos de emisión de rayos ultravioletas para el bronceado de personas menores de 21 años. En la Cámara de Diputados esa iniciativa fue aprobada el 26 de agosto de este año y desde entonces remitida al Senado, girado a la Comisión de Salud Pública, Medio Ambiente Humano y Drogadicción que preside Carlos Garbelino, sin que se produjeran novedades al respecto excepto la conocida a partir de las consultas periodísticas recientes. “La motivación de este proyecto de ley tiene que ver, fundamentalmente, con un dictamen de la Organización Mundial de la Salud, que a partir de sus estudios y valoraciones científicas planteó los efectos nocivos de los rayos ultravioleta en el organismo de las personas. Por eso, también la Sociedad Argentina de Dermatología ha defendido claramente la necesidad de instrumentar normas para reglamentar este servicio, y también en el mismo dictamen, la Organización Mundial de la Salud solicita a los Estados del mundo que legislen al respecto”, había señalado al momento del tratamiento, el diputado Maier. Por su parte, el diputado Darío Argain —médico— había reforzado que “el principal problema de los rayos ultravioletas es el efecto acumulativo, que provoca la generación de cáncer de piel. Hay que decirlo con todas las letras porque la gente por ahí no entiende y al no entender incurre en irresponsabilidades. Es necesario que se entienda que es por el efecto acumulativo que preocupa tanto el tema de las camas solares”. Aprobado con el respaldo unánime de los legisladores, desde la bancada radical, el diputado José Miser —médico— había respondido en el momento del tratamiento legislativo a quienes cuestionan la iniciativa argumentando que coartan una actividad comercial o decisiones personales sobre el cuerpo. “Nosotros no estamos inhibiendo la decisión de quien, por supuesto, sea mayor de 21 años, sino que estamos organizando y previniendo patologías que pueden ser producidas por la desinformación o por la mala utilización. A veces se desconoce y por ese desconocimiento se producen graves patologías”, había subrayado el legislador. Por su parte, el secretario de Salud recordó la preocupación que sobre este tema había expresado el ministro del área pero informó que desde la repartición a su cargo no se han producido novedades al respecto. El Dr. Pablo Basso, señaló que Salud no toma intervención en la habilitación y control de locales donde funcionan camas solares. “Lo único que hay es una habilitación comercial”, dijo el funcionario Local El edil Horacio Piceda, en el Concejo Deliberante de Paraná, se hizo eco de la preocupación y presentó un proyecto de ordenanza. “Prohibir la utilización de camas solares o artefactos que utilicen rayos UV (A, B, C) cualquiera sea el nombre comercial que utilicen, a los menores de 21 años” y “exigir la presencia constante de un médico quien tendrá a su cargo y será responsable de la supervisación y control de estas aplicaciones”, establecen los dos primeros artículos de la iniciativa que nunca fue considerada, tal como lo señaló el edil consultado. No obstante, en el Municipio tal legislación ya existe. “La ordenanza que fue aprobada por unanimidad establecía control, desde el punto de vista técnico, de la instalación de las camas solares; prohibición de exponerse a esta modalidad de bronceado a los menores de 21 años, excepto que tengan autorización de los padres, y profesionales idóneos en el manejo y control de las camas”, repasó el autor de aquel proyecto, ex edil Carlos Cuzcueta, cuyo mandato finalizó en 2007. “Es una de las tantas ordenanzas aprobadas y promulgadas que no se cumplen”, dijo el ex concejal, quien recordó que el texto dejaba abierta la posibilidad de que en la reglamentación el Municipio creara un organismo específico con personal idóneo que ejerciera el contralor de la norma municipal. Es que un inconveniente para la puesta en vigencia podría ser la falta de recursos humanos capacitados específicamente para estos controles. Las consultas efectuadas evidencian que la exclusión a los menores de 21 años de esta técnica de bronceado artificial no se registra en esta ciudad y que, quienes la utilizan reciben información vinculada a los efectos estéticos — por ejemplo: cantidad de sesiones en función el color deseado—. (Fuente: El Diario)