E
l Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical elevó al Concejo Deliberante un proyecto por medio del cual se establece el sistema de Audiencias Públicas para el tratamiento legislativo del proyecto de ordenanza regulatorio de los Supermercados, Hipermercados y grandes superficies comerciales. Al respecto, es necesario recordar que por medio del Decreto Ad Referendum N°416/09 se suspendió la habilitación de nuevos comercios de estas categorías y se anunció que se enviará al Concejo un proyecto de Ordenanza marco de estas actividades. El Artículo 2 del Proyecto señala los alcances de la iniciativa al destacar que esta metodología en una herramienta moderna de participación la cual no reemplaza a la autoridades constituidas, así se estipula: “Este instituto es de carácter consultivo y a fin de conocer la opinión de la ciudadanía de Diamante; las objeciones u opiniones vertidas en el marco de este régimen de Audiencia Pública no tienen efectos vinculantes para la toma de decisiones. Sin embargo, las informaciones, objeciones u opiniones expresadas deberán ser tomadas en cuenta por las autoridades convocantes, y en caso de ser desestimadas, deberá fundamentarse debidamente tal decisión”, se comunicó a INFORME DIGITAL. Los intervinientes en las audiencias públicas de clasifican en Participantes y Expositores, en el Artículo 5 de detalla: “Será participante todo Concejal que no oficie de expositor, y toda persona física o jurídica con domicilio en la Municipalidad de Diamante que invoque un interés simple, difuso o de incidencia colectiva, relacionado con el objeto de la Audiencia , y se inscriba en el Registro habilitado a tal efecto”. Asimismo se detalla que a fin de facilitar la comprensión del tema objeto de la convocatoria, se habilita la posibilidad de incorporar a la audiencia a testigos o expertos como expositores. La convocatoria de la Audiencia Pública corresponderá a la Presidencia del H.C.D., y se deberá realizar por lo menos con 15 días de anticipación a su realización, fecha a partir de la cual se abrirá un registro de participantes en la Secretaría del Concejo Deliberante, en donde a las personas que se inscriban se le entregará copia del Proyecto de Ordenanza en debate. En los Fundamentos del proyecto del Bloque de la U.C .R. se destaca: “ La Audiencia Pública es uno de los instrumentos principales de los regímenes democráticos participativos y por dicha razón, a los fines de la gestión pública, pasa a ser un excelente espacio de encuentro entre vecinos, organizaciones especializadas en las distintas temáticas de preocupación de la comunidad, el sector privado, las instituciones técnicas y las autoridades gubernamentales, donde pueden presentarse con absoluta libertad, las perspectivas tanto individuales como grupales o colectivas sobre los problemas comunes y sobre las soluciones que deban afrontarse”. A lo que se le agrega: “En este sentido, se debe tener presente que las opiniones que se expresen en la Audiencia Pública no son vinculantes para las autoridades convocantes, ni siquiera en el supuesto que existan puntos de vista mayoritarios. Este mecanismo no es un instrumento para reemplazar a las autoridades gubernamentales debidamente constituidas, si no más bien se trata de un mecanismo que permite a los habitantes a contribuir en la calidad de las decisiones públicas gracias a la presentación simultánea de perspectivas y conocimientos provenientes de un amplio y diverso espectro de actores.” Mas adelante se detalla: “En este caso que estamos solicitando la aplicación de la Audiencia Pública , referente a la regulación de las actividades comerciales comprendidas por el Decreto Ad Referendum N° 416/09, consideramos que los alcances de este instituto son los apropiados para el conocimiento de los diferentes puntos de vista existentes en esta cuestión.”, a lo que se amplía: “En ese sentido debemos considerar la presencia de intereses diversos en torno a este tema, ya que además del interés de la ciudadanía de Diamante como consumidores de productos adquiridos en estos comercios, debemos reconocer la necesidad de la salvaguarda de los sectores comerciales locales, quienes claramente carecen de elementos de competencia frente a las grandes cadenas comerciales.”