S
i bien la Cámara de Diputados de la provincia iba a debatir en la sesión de este miércoles el proyecto de Régimen de Bonificación por antiguedad para magistrados, funcionarios y empleados judiciales; el Poder Ejecutivo se adelantó a la decisión parlamentaria y emitió el decreto respectivo. La normativa lleva el número 4403 y tiene como fecha 11 de noviembre, según se pudo establecer. La determinación del gobierno entrerriano se adoptó después de insistentes reclamos en materia salarial desde el Poder Judicial y se entiende que fue la última concesión que hizo el Poder Ejecutivo para con el ahora ex presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Daniel Carubia, aunque la voz cantante del organismo tribunalicio fue la del vocal Carlos Chiara Díaz, cuyas declaraciones generaron una fuerte polémica. No obstante, quedó claro que el gobierno entrerriano hizo lugar al planteo desde el Poder Judicial, pese a que en los últimos meses siempre se sostuvo que no había margen para otorgar ningún tipo de incremento a quien se encuentre dentro de la órbita del Estado. El decreto establece que los porcentajes aplicados para el cálculo de la bonificación por antiguedad "van del 1,5% al 2,5%, por cada año de servicios computables, para el caso de los magistrados, sean servicios prestados dentro o fuera del Poder Judicial, desde la fecha de matriculación en el Colegio de Abogados respectivo". Se agrega además que "dicha norma establece un tope para la mencionada bonificación, fijada en el 87,6% de la asignación de la categoría que revista a partir del 1 de julio de 2008". Más adelante se consigna que "se ha entendido razonable fijar como porcentajes para el cálculo de la bonificación por antriguedad el 2,5%, 3% y 3,5%, según los tramos de anntiguedad definidos en el Anexo II de la Ley 8069, aplicables a los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial". De esta manera, en el decreto firmado por el gobernador Sergio Urribarri, se establecen las siguientes alícuotas "por cada año de servicios, computables, sean prestados dentro o fuera del Poder Judicial": --De 1 a 9 años, el 2,5% sobre la remuneración al cargo de revista. --De 10 a 19 años, el 3%. --De 20 años en adelante, el 3,5%. Se acota finalmente que dicha bonificación "no podrá exceder el cient por ciento de la remuneración del cargo de revista". Se esperaba que el Régimen de Bonificación fuera aprobado en la sesión de este miércoles, que fue suspendida. No obstante, el decreto ya fue emitido y en la presente liquidación salarial de noviembre, cada uno de los integrantes del Poder Judicial, en sus diferentes estamentos, cobrará su respectivo adicional por antiguedad. (Fuente: Análisis).-