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a Sala 2 Civil y Comercial denegó un recurso de inconstitucionalidad que presentaron las firmas Coto y Walmart, contra la ley que regula las grandes superficies comerciales, conocida como Ley de Hipermercados. El tribunal descartó que la Ley provincial Nº 9.393 viole el derecho de propiedad y entendió que el Estado tiene el poder de policía "para resguardar a los consumidores locales, la prevención del medio ambiente, la producción provincial a pequeña escala y del comercio minorista". Además indicó que no se probó que el aumento en la alícuota del impuesto a los Ingresos Brutos resulte un perjuicio. Luego de realizar "un análisis comparativo a nivel internacional respecto de la regulación de la instalación de establecimientos comerciales de grandes superficies", el fallo concluye que "diversos países han acotado y reglamentado este tipo de asentamientos por considerarlo imprescindible para el desarrollo armonioso de la comunidad". Las empresas habían objetado que en la Ley de Hipermercados se modificaban las condiciones reinantes al momento de su instalación en Entre Ríos, que creaba nuevos tributos y que el Estado se arrogaba facultades legislativas que le estaban impedidas. La Cámara integrada por los doctores Edgardo Mario Cossy, Raúl del Valle y Graciela Basaldúa, resolvió confirmar la sentencia de primera instancia en las causas impuestas por los hiper contra el Estado provincial. El fallo fue emitido el 28 de octubre de este año. "Esto disipa dudas" A juicio del director de Industrias y Pymes de la provincia de Entre Ríos, Aldo Bachetti, este fallo, “disipa algunas dudas que se habían creado en estos últimos ocho años, ya que siempre se dijo que la ley podía ser atacada por inconstitucional”. “Esta duda esta disipada, ahora se debe reglamentar para poner un poco de equidad entre el comercio de nuestro territorio, que paga la Tasa Comercial e Ingresos Brutos y que se encuentra en desventaja con estos hipermercados”, agregó. (Fuente: El Once Digital)