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estacan que ya “no se habla de especies sino de cuestiones aduaneras” por lo que intervendrá la Justicia Federal en el control de aplicación de la nueva norma. Se resolvió establecer límites a la exportación del sábalo, el surubí, la boga y la tararira. Se podrán realizar operaciones comerciales hasta completar los cupos que fije la Secretaría de Agricultura, a fin de mantener la preservación del recurso. El decreto 931 fue publicado el jueves en el Boletín Oficial, y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010. Agricultura evaluará periódicamente el estado de los recursos involucrados, y recomendará cuál deberá ser la extensión de los cupos con el fin de proveer a la preservación del estado del recurso. El secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero de la Provincia, Ricardo Biani, dijo que el decreto significa algo “que veníamos reclamando desde principio de año y está dentro del marco de la ley provincial de valores de captura que habíamos establecido”. El funcionario saludó la decisión de asignarle potestad a la órbita de pesca porque “pone un poco de orden en la actividad y permite planificar para todo el 2010”. Del mismo modo, agregó que “se deberán solucionar problemas de jurisdicción ya que hay provincias con distintas legislaciones que tienen similares características y están beneficiadas por ríos”. Recordó Biani que, justamente, esta situación fue duramente cuestionada el año pasado y principios de este por el sindicato de pescadores de Santa Fe y por miembros del Consejo Pesquero provincial. El funcionario destacó que uno de los avances con este decreto es que ya “no se habla de especies sino que de cuestiones aduaneras lo cual implica que el que no cumpla no sólo tendrá una sanción administrativa sino que intervendrá la justicia federal”.