Martes 14 de julio de 2009
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Interés general
Los vehículos nuevos se deberán patentar al momento de su compra
Las concesionarias que vendan 0km deberán exigir previo a la entrega de la unidad la documentación que acredite la inscripción del rodado en el Registro de la Propiedad del Automotor. Aseguran que fomenta el compre entrerriano.
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Las concesionarias deberán vender los vehículos con patente.

T

al disposición surge de las modificaciones que realizó la legislatura por iniciativa del gobierno entrerriano al Código Fiscal y la Ley Impositiva relativas a la tributación sobre automotores, y que establece una obligación específica dirigida a las concesionarias de automotores y fabricantes. La infracción de las concesionarias será sancionada con multas de 2.000 pesos por unidad comercializada sin domino colocado. Según explicaron desde Rentas y la Cámara de Comercio Automotor de Entre Ríos la norma tiene como fin evitar la circulación de vehículos sin documentación, fomentar la venta y facturación en Entre Ríos, contrarrestar la evasión, ya que existían vehículos comprados en los últimos meses del año que circulaban sin patente, porque los propietarios esperaban para hacerlo el año siguiente al de la compra. Descuentos Adrián Calveyras, jefe de Automotores de Rentas relató que los vehículos nuevos facturados en la provincia tienen un descuento del 10% en el Impuesto Automotor en el primer año fiscal, contado a partir de la fecha de inscripción del vehículo, siempre que se acredite tal circunstancia en la forma y condiciones que establezca la Dirección General de Rentas. En ese sentido, Calveyra explicó que uno de los fines de la norma es incentivar la venta y la facturación en Entre Ríos. El funcionario detalló que “tenemos concesionarias que venden en Entre Ríos y facturan en otras provincia como ser Santa Fe y Corrientes”, y reveló: “Esto beneficiará los ingresos de la provincia y de las concesionarias”. También Calveyra señaló que se trata de evitar que “circulen vehículos sin patentar”. En ese orden ejemplificó: “Las motos serán más fácil de identificar en caso de una infracción, accidente o ilícito, ya que antes huían y listo”. Por último, Calveyras afirmó que habrá multas para las concesionarias que no cumplan. Satisfechos El presidente de la Cámara de Comercio de Automotor de Entre Ríos, Aníbal Gaggion, aseguró que el sector acogió con beneplácito la Ley 9917 que sancionó la legislatura entrerriana. “Esto favorece el compre entrerriano, ya que beneficia a la agencia que comercializan cero kilómetros”, disparó Gaggion quien explicó que desde ahora el auto sale patentado de la agencia. El empresario precisó que “antes el vehículo andaba sin chapa patente en la calle sin un responsable directo”, y añadió: “Un vehículo sin dominio no lo quería a asegurar nadie”. No obstante, Gaggion detalló que “lo más interesante es que el auto comprado en Entre Ríos tendrá un descuento importante”. Por otra parte, el titular de la CCA aseguró que las ventas vienen en baja. “Venimos complicado porque no hay tasas accesibles al público, porque las tasas de los bancos son muy caras”. Gaggion aseveró: “Ya hace mucho que venimos en detrimento”. Por último el empresario remarcó que el mercado no se movilizó con los planes de gobierno. Por los barcos tamibién se paga Otras modificaciones realizas alcanzan a las embarcaciones deportivas y de recreación. Desde ahora estarán exentas cuando el valor no supere los 10.000 pesos. Anteriormente los propietarios dejaban de pagar cuando tenían una antigüedad mayor a 20 años sin importar la valuación que tenían. De esta forma, quedaban exentas del impuesto costosas embarcaciones, por lo que la corrección busca establecer un criterio más justo para el pago de este tributo. Para la determinación del impuesto se establecieron nuevas pautas al considerar el valor de la embarcación, tales como la factura de compra, los precios de mercado, valor asegurado del bien, las valuaciones que obren en la Prefectura Naval u otros parámetros representativos. Además se fijó en 120.000 pesos como tope máximo de valor de un vehículo para el otorgamiento de la exención del Impuesto a los automotores a los vehículos de propiedad de personas discapacitadas y de entidades religiosas. Doble imposición La reforma legislativa solucionará a su vez un problema que venía ocasionando reclamos de los contribuyentes, relacionado con los fiscos de la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para realizar una baja por cambio de radicación de un vehículo, como ser desde Entre Ríos a un comprador en Santa Fe, se debe abonar el año vigente completo. La jurisdicción que recibe el vehículo siempre reconoce este pago y comienza a cobrar el impuesto automotor desde el año siguiente. Sin embargo, en el caso de provincia y ciudad de Buenos Aires, cobran el tributo desde la transferencia, generando una doble imposición (por superposición de los mismos períodos), en perjuicio de contribuyente. En estos casos, en Entre Ríos se pagará el impuesto en forma proporcional. Por otra parte, quedaron exentos del impuesto al cheque las transferencias de dominio de automotores usados a favor de comerciantes habituales en la compra y venta de los mismos, inscriptos en los Registros de la Propiedad del Automotor, siempre que dichos vehículos sean destinados a una posterior comercialización. (Fuente: Diario UNO)
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