A
demás de usuarios con poco ingreso, el programa contempla subsidios para jubilados y pensionados nacionales, provinciales o municipales y familias integradas por hasta cuatro personas o de cinco y más integrantes. La energía eléctrica es un servicio básico. Sin embargo, los costos no siempre pueden ser asumidos por todos los usuarios. En ese marco, el gobierno provincial fijó como política la distribución equitativa del ingreso a través de diversas herramientas. Una de ellas es la que instrumenta la Secretaría de Energía a través de los programa Tarifa Eléctrica Social y de Inclusión al Consumo de Energía Eléctrica. Con estos planes, sectores socialmente vulnerables accedan a la energía eléctrica a menor costo y en un marco que garantice la seguridad. Familias numerosas, jubilados, sectores que no tienen el servicio o lo tienen irregularmente y aquellos que acreditan muy bajo consumo son los destinatarios de estos programas. En Paraná, el trámite se realiza directamente en Urquiza 1279. En el resto de la provincia, deberán solicitar al municipio la intervención de un trabajador social para un censo socioeconómico, que tendrá que ser entregada –personalmente o vía postal- a la distribuidora encargada del servicio. Desde 1999 se bonifica el consumo a usuarios de escasos recursos. El gobierno provincial instrumenta este programa que alcanza aproximadamente 9.000 hogares porque en 2008 el gobierno provincial realizó mejoras al programa TES al contemplar las particularidades de beneficiarios de diversas realidades socio económicas. El programa se modificó después de que la Secretaría de Energía comprobara que muchos de los beneficiarios quedaban fuera del TES porque el consumo que tenían superaba el límite de 280 kilowats horas establecido como una de las condiciones para acceder al programa. En ese marco, se determinó – a partir del análisis de variables de consumo- que el exceso respondía a las condiciones de vulnerabilidad social del sector al que está destinado el programa. En 2006 se había incorporado masivamente a los beneficiarios del programa Garrafa Social, pero después de un año las dos terceras partes de éste quedaron excluidas del TES porque habían superado el límite de 280 kilowats horas bimestrales. Esta modalidad de consumo responde a que la energía eléctrica es la única fuente que les proporciona, según la temperatura climática, calefacción o alivio contra el calor. Detalles El Programa TES fue buscando su mejor performance. Inicialmente establecía una bonificación de 130 kilowats hora bimestrales, cuyo valor surge del cuadro tarifario en uso a la fecha de emisión de la factura y está dirigido a usuarios que registren un consumo medio de energía de hasta 280 kilowats horas bimestrales promedio en un año y que además puedan acreditar su condición de persona de escasos recursos económicos. El programa tenía una validez de un año a partir de la fecha de su otorgamiento y sólo se renovaba si se cumplían con los requisitos. Sin embargo, con las modificaciones que introdujo la Secretaría de Energía se amplió el horizonte de beneficiarios en subprogramas que contempla jubilados, pensionados y grupos familiares. En rigor: TES I, está destinado a subsidiar a jubilados y pensionados –sean nacionales, provinciales o municipales-; TES II, pensado para una familia integrada por cuatro personas; y TES III destinado a grupos familiares de cinco o más integrantes. En todos los subprogramas, los beneficiarios deberán acreditar la condición de titular del servicio. En cuanto al TES I, el interesado deberá acreditar ante la distribuidora que corresponda su condición de jubilado o pensionado y percibir un sueldo inferior a 1,25 veces la jubilación mínima nacional, o sea 960 pesos aproximadamente. Cumplidos estos requisitos, se lo subsidiará con un descuento equivalente al monto de 130 kilowats bimestrales. Los beneficiarios del TES II deberán acreditar su condición socio económica, que será corroborada mediante una ficha de relevamiento efectuada por una trabajadora social, y se verán beneficiados con una bonificación de 200 kilowats bimestrales sobre un consumo de hasta 400 kilowats. Por ejemplo, una familia de escasos recursos –determinado a partir de la intervención de una trabajadora social- accede a la bonificación si consume hasta 400 kilowats, y si excede los 400 y no pasa los 600, el hogar beneficiario debe acreditar que la familia está integrada por cinco o más miembros. Por último, los destinatarios del TES III, deberán cumplir con las mismas condiciones del subprograma anterior y recibirán una bonificación de 250 kilowats horas bimestrales sobre un consumo hasta 600 kilowats. Además, en los tres niveles, los beneficiarios recibirán las correspondientes facturas sin la aplicación de impuestos municipales y provinciales. (Fuente: El Diario)