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l Gobierno publicó en el Boletín Oficial de este viernes el texto del decreto Nº 26 a través del cual facultó a la Fiscalía de Estado, a cargo del abogado Julio Rodríguez Signes, a “aceptar la propuesta” presentada por la Cooperativa Tambera Paraná Limitada (Cotapa) de cancelar una deuda de 5,6 millones de pesos con el fisco con la entrega de los activos de la firma, y la marca comercial para que sea explotada por una nueva empresa, administrada por el Estado. Cotapa está en un proceso de concurso preventivo que se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3. En la instancia de verificación de acreencias, ante la sindicatura a cargo del Estudio Jorge Mencía y Asociados, el Estado entrerriano es parte interesado, con carácter privilegiado. Se trata de una cifra superior a los 5,6 millones de pesos los que reclama. A través de la Fiscalía de Estado, se admitió acreencias con privilegio especial por la suma de pesos $ 2.449.124,70); con privilegio general por deudas impositivas por $ 435.965,43; y de carácter quirografario por $ 2.727.159,13, los cuales se componen de créditos a favor de la Dirección General de Rentas (DGR) por $ 576.820,83; y del Superior Gobierno por la suma $ 2.150.338,50. En total, $ 5.612.249,20. Propuestas Cotapa, en el marco de su proceso concursal, efectuó una serie de propuestas de cancelación de pasivos con el Estado provincial. Según consta en el texto del decreto Nº 26, la cooperativa presentó cuatro alternativas: 1) pago del 45 % de la deuda verificada o declarada admisible, cancelación semestral de intereses a la tasa fija del 8 % anual; 2) dos años de gracia desde la resolución homologatoria, pago del 45 % de la deuda verificada y declarada admisible y efectivización en cuotas semestrales e iguales, con un interés del 8%, amortización según el sistema francés en un plazo de 10 años; 3) también 2 años de gracia, pago del 55 % de la deuda verificada y declarada admisible, efectivizándose en 132 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con interés del 8 % anual y amortización según el sistema francés; y 4) pago del 100 % de las acreencias con la capitalización de las mismas en una sociedad a constituirse “en un plazo que no excederá de 120 días hábiles judiciales, desde la homologación del acuerdo respectivo, con destino a la explotación agroindustrial, aportando la concursada sus bienes de capital y la marca comercial que posee registrada, surgiendo la nueva sociedad libre de toda deuda y absorbiendo el personal de la concursada como empleadora de los mismos y de más propuestas contenidas en la presentación efectuada ante el Juzgado”. Déficits Los organismos de control del Estado analizaron cada una de esas propuestas, y a partir de eso se concluyó en «la inconveniencia de optar por las tres primeras opciones propuestas por la concursada, por cuanto se ofrecen quitas, plazos y tasas que no resguardan debidamente el patrimonio estatal». Y porque además, dice el texto del decreto, «la cooperativa enfrenta serios problemas económicos-financieros, los cuales se vinculan, entre otros, con los altos costos, la antigüedad del personal, la baja productividad, la localización, la pérdida de proveedores, la insuficiencia de capital de trabajo, los déficit de gestión y el elevado endeudamiento». Aun con esos elementos adversos, el Estado intuyó el potencial del mercado lácteo, y la necesidad de intervenir en el mismo a través del gerenciamiento de Cotapa, por cuanto la cooperativa puede «cumplir un rol estratégico como mecanismo de regulación y promoción del sector lácteo en la Provincia», por cuanto se vio la necesidad de «evitar las posibilidades de quiebra». Por eso, se escogió la cuarta opción, que consiste en que el Estado se cobra la deuda tomando el manejo de la empresa, lo cual, se esgrimió desde el Gobierno, es la alternativa más viable «por cuanto permite resguardar el patrimonio público, favorece la continuidad de la empresa y ofrece un instrumento de regulación y promoción del sector lácteo provincial de gran incidencia para pequeños y medianos tamberos y usinas».