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os hospitales y centros de salud de la provincia comenzaron a aplicar de manera íntegra los términos de la Ley Nº 26.130, que creó en todo el sistema sanitario público nacional un régimen de procedimientos para la realización de intervenciones de contracepción quirúrgica. De ese modo, mujeres y hombres pueden acceder a prácticas de ligadura de trompas de Falopio y de vasectomías. El artículo 1º de la ley establece que toda persona mayor de edad “tiene derecho a acceder a la realización de las prácticas denominadas ligadura de trompas de Falopio y ligadura de conductos deferentes o vasectomía en los servicios del sistema de salud”. El único requisito es el “consentimiento informado”, sin necesidad de requerirse el “consentimiento del cónyuge o conviviente ni autorización judicial”. Los hospitales y centros de salud, y las prepagas, dice la ley, “tienen la obligación de incorporar estas intervenciones médicas a su cobertura de modo tal que resulten totalmente gratuitas”, aunque a la vez contempla que el médico “tiene derecho a ejercer su objeción de conciencia sin consecuencia laboral alguna”. ”Nadie puede negarse” La doctora Silvia Gieco, directora de Maternidad e Infancia de la Provincia, asevera que ningún hospital ni centro de salud puede negarse a realizar esas prácticas, aunque admite que hay lugares donde no se está en condiciones tecnológicas de realizar las cirugías. “La ley lo dice, y está en conocimiento de todos, y es de aplicación en todos los hospitales. Pero se tiene que hacer un trabajo previo de información y consejería”, admitió la funcionaria. De igual modo, Gieco se mostró prudente, y aceptó que hay todavía resistencias a este tipo de prácticas quirúrgicas. “No se tienen todavía datos estadísticos de cuántas prácticas se realizan, y cuántos son los hospitales que las realizan. Porque además, tampoco es de obligación para el profesional hacer esa práctica si dentro de sus principios no cabe. No es una cuestión que por que la ley lo dice, es obligación hacerlo. Estamos en un proceso de maduración”, señaló. Pero la estrategia no sólo se apoya en la ley nacional, sino que también apela al artículo 20º de la Constitución provincial reformada, señala la directora de Maternidad e Infancia. La Carta Magna prevé que los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos básicos. Y especifica: “La Provincia asegura mediante políticas públicas la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual, la procreación responsable y la protección a la mujer embarazada”. Al respecto, plantea que “en muchos hospitales se están practicando estas cirugías; en otros, en cambio, todavía hay reservas”. Un paso atrás Uno de los hospitales públicos donde esas prácticas se desarrollan es el Delicia Masvernat, de Concordia, según reveló la doctora Patricia Ledo, jefa del Servicio de Obstetricia. La profesional dijo que “el Hospital Masvernat es el único en la provincia que ha puesto en práctica lo normado por la Ley Nacional, que legisla acerca de los métodos anticonceptivos quirúrgicos y permanentes, ligadura de trompas en la mujer y vasectomía en el hombre”. Ledo aseveró que las prácticas se llevan a cabo “porque la gestión provincial lo avala, la Dirección apoya y los equipos de salud del Servicio de Obstetricia, Quirófano y Anestesia brindan su tiempo y su esfuerzo para ponerlo en práctica, ya que estas cirugías no reciben ningún aporte del Programa Nacional” de Salud Sexual y Reproductiva. No obstante, tanto la ligadura de trompas como la vasectomía han generado resistencias en la Provincia. En marzo de 2007, la entonces diputada provincial Lucy Grimalt consiguió que la Cámara baja provincial diera media sanción a un proyecto de ley por el cual la provincia aceptaba la realización de esas prácticas, de modo gratuito, en los hospitales públicos. Pero en diciembre de ese año, el Senado rechazó la propuesta de Grimalt, que pasó al olvido. Esas trabas ahora al parecer han quedado resueltas, según acepta la directora de Maternidad e Infancia de la Provincia. “Lo permite la ley nacional, y ahora lo prescribe también la nueva Constitución es muy clara, en pocas palabras lo dice. Es conciso al respecto el artículo 20”, plantea. La pastilla de la polémica En marzo de 2007, el Ministerio de Salud de la Nación anunció la distribución, de manera gratuita y masiva, de la denominada “píldora del día después”, un método de anticoncepción hormonal de emergencia. El método, además, pasó a integrar el Programa Médico Obligatorio, por lo cual las mujeres en edad fértil que tengan prepagas u obras sociales, podrán reclamarlo sin pagar un peso. El método fue incorporado al Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, que fue aprobado por ley en el Congreso en octubre de 2002. La píldora tiene un 77% de efectividad en la prevención del embarazo, si se lo usa dentro de las 24 horas posteriores a la relación sexual no protegida. En los hospitales de la provincia su distribución de manera generalizada comenzó este año, dijo la directora de Maternidad e Infancia, Silvia Gieco, y ya está en todos los hospitales. “Está en total disponibilidad, porque es un insumo que provee la Nación. Todos los métodos aprobados están a disposición de los pacientes, tanto para varones como para mujeres, siempre acompañados de consejería e información, algo que es obligatorio”, subrayó. El tema ha merecido fuertes críticas de parte de la Iglesia Católica. Casi dos años atrás, cuando el tema ganó la consideración pública, el arzobispo de Paraná, Mario Maulión, dijo sin medias tintas “el empleo de la pastilla del día después no es correctamente moral”, Y apuntó que “siendo dudosamente abortivo” el método, “nunca es lícito” su distribución. “Si esto forma parte de una política sanitaria, yo lamento que nuestra política sanitaria vaya por este carril”, observó. (Fuente: El Diario)