L
a Municipalidad de Colón recuerda que a partir de este último 1º de Diciembre se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº53/2008 que establece dentro de sus artículos las sanciones a personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades contempladas en la presente norma y comprendidas en la Tasa por Inspección, Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, que no posean la correspondiente habilitación municipal. Las mismas serán pasibles de la aplicación de una multa de $ 10.000 que aplicará en forma directa la Dirección de Ingresos Públicos.