Martes 09 de septiembre de 2008
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Interés general
Establecerán el Registro Federal de Profesionales de la Salud
Se convocó a todos los profesionales médicos a actualizar la información para establecer un Registro Único en todo el territorio provincial. Por ello, se realizará el relevamiento de todos los profesionales médicos que deberán actualizar sus datos.
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Los profesionales de la salud deberán actualizar sus datos.

S

egún se le comunica a INFORME DIGITAL, “la Secretaría de Salud ha iniciado el proceso de relevamiento de datos de los profesionales médicos a los fines de crear un Registro Único en la Provincia de Entre Ríos, y de este modo incorporarse al ordenamiento jurídico nacional que lleva adelante el Ministerio de Salud de la Nación, al establecer el "Registro Federal de Profesionales de la Salud" el cual permitirá acreditar las condiciones de matriculación y fiscalización en todo el país de cada uno de estos profesionales”. Además, el texto expresa que “por ello, en esta primera etapa los profesionales médicos que registren matrícula profesional deberán dirigirse en forma obligatoria y en un plazo no superior a los 120 días a partir del 1 de octubre, por la oficina del departamento Contralor Profesional de la Secretaría de Salud, para realizar dicha actualización”. “Los profesionales deberán documentar copia legalizada del título, por la Universidad, Escribano Público o Juez de Paz; certificado de antecedentes penales el cual debe solicitarse en el Registro Nacional de Reincidencia de Capital Federal, cuyo formulario puede obtenerse en la página web: www.dnrec.jus.gov.ar y se tramita por correo; certificado de vecindad; carpeta colgante de archivo y folio oficio. Además los profesionales que posean especialidad deberán adjuntar copia del título de la misma certificada por autoridad competente”, aseguró el comunicado de prensa. Además desde la Secretaria de Salud aseguran que “el trámite de actualización de datos, firma y antecedentes para el acceso al Registro Único de Profesionales de la Salud, la asignación de la matrícula respectiva y la obtención de la credencial correspondiente, resulta obligatorio para el ejercicio profesional y servirá para realizar una guía donde constarán los datos pasibles de divulgación de los profesionales inscriptos, identificados claramente por profesión, además de las condiciones de mantenimiento y actualización de la registración y la eventual existencia de sanciones de naturaleza sanitaria”.
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