E
l Dr. Martín Acevedo Miño, Convencional Constituyente por Recrear, sostuvo en las deliberaciones del órgano reformador de la Constitución que debía sancionarse "al funcionario renuente a cumplir con sus obligaciones" en el marco del tratamiento de la incorporación del amparo por mora en la Constitución Provincial. Acevedo Miño explicó que "esto es lo que le pasa cotidianamente a muchos ciudadanos que deben recurrir al estado para tramitar una jubilación, una personería jurídica, o una patente o marca y los organismos públicos demoran a veces años en responder cosas simples, pero que implican un enorme perjuicio para la gente". Pero llevar estos temas a tribunales implica un gasto y ese gasto debe ser pagado por el funcionario que demora un expediente. Acevedo Miño remarcó que "todas nuestras propuestas han sido pensadas desde la defensa de los intereses de los ciudadanos y esta es una clara demostración de ello porque creemos que quien es responsable de que un ciudadano no reciba una respuesta en tiempo debe ser pasible de ser sancionado, pero también debe responder económicamente porque sino la sanción es sólo enunciativa".