Viernes 11 de abril de 2008
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Policiales
Nueve años de prisión para la chica que mató a un octogenario
Cometió ambos hechos en 2005 en un lapso menor a cuatro meses, cuando tenía 20 años.

P

enélope Elizabeth Antonella Anto Suárez de 23 años fue condenada ayer a la pena de nueve años de prisión por los delitos de Abuso de armas en perjuicio de Andrea Lial, a quien baleó en la casa de la hermana de la víctima en calle Estado de Palestina sin número en barrio Mosconi Viejo el 26 de agosto de 2005; y Homicidio en Concurso real de Manuel Cejas de 82 años, al que dio muerte de ocho puñaladas el 8 de noviembre del mismo año en una casa ubicada en calle El Patí sin número en barrio Los Arenales. Ambos hechos fueron cometidos en Paraná El Tribunal de la Sala Nº 1 en lo Criminal de Paraná –integrado por José María Chemez, Daniel Perotti y Ricardo González– leyó ayer a las 7.45 el adelanto de la sentencia de la causa que se inició bajo la carátula Homicidio Simple y Homicidio en grado de tentativa, y coincidió con el pedido que había realizado el fiscal de Cámara Juan Carlos Almada. El jurado también dio curso en la sentencia a un planteo realizado por el defensor oficial Martín Cabrera que sostuvo en la etapa de los alegatos que en el primer hecho, cometido en contra de Lial, “se violó el derecho al debido proceso y el principio de congruencia de mi defendida, puesto que no se le informó debidamente del hecho por el cual se la imputaba”. En ese sentido, el Tribunal ordenó el cambio de carátula por el de Abuso de armas por el que finalmente fue condenada, atendiendo a que con esta figura no se violentaba el principio de congruencia y la inviolabilidad de la defensa en juicio señalada por el defensor. Sin embargo, el Tribunal argumentó que tal cambio en la calificación legal no significó que el hecho que se debatió no haya sido probado con suficiencia a través del debate y de las pruebas que comprenden la causa. Así, se entendió que Suárez disparó intencionalmente contra Lial y en tal acción no cupo la posibilidad de un proceder imprudente, ni la acción de la víctima que al intentar protegerse con las manos pudo generar un disparo accidental. En cuanto al homicidio de Cejas, el jurado entendió que Suárez dio muerte al octogenario aplicándole ocho puñaladas en forma intencional en el pecho y en el rostro y cuello de la víctima, de las cuales la séptima fue mortal, causándole el deceso por paro cardíaco debido a la sección de la arteria carótida izquierda. En el debate surgió a la luz que la víctima vivía sola, que “era mujeriego” por lo que recibía la visita de distintas mujeres a las que les permitía el ingreso sólo si eran conocidas o por recomendación de una allegada. En ese sentido, Suárez logró acercarse a Cejas haciéndose pasar por una chica llamada María. Esto fue sostenido por una testigo que era vecina de Cejas y lo cuidaba, que explicó además que a Suárez (María) se la presentó al anciano una chica de 17 años que era asidua concurrente a la casa de barrio Los Arenales. Sin embargo esto fue desmentido por la menor que en el debate manifestó que la misma Suárez, cuando ella regresaba de la escuela, le confió que había matado “al viejo ese que vos conocés”. Suárez quedará alojada en la Unidad Penal Nº 6 Concepción Arenales en Paraná, mientras espera que el Juzgado de Menores se expida en relación a una causa en la que fue hallada culpable por la Sala Nº 2 en lo Criminal de Paraná por un hecho cometido el 9 de agosto de 2003 cuando junto a Daniel Díaz y Jonatan Silvestre, que fueron condenados por este hecho, asaltó a un remisero a quien le sustrajeron el equipo de comunicación, una campera y el equipo de GNC.
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