E
n Entre Ríos, la Ley Orgánica de Tribunales otorga a los jueces la facultad de estimar la remuneración de los Peritos, de acuerdo a la duración, el mérito y la eficacia de la tarea. desarrollada. No hay ninguna norma específica que regule la fijación de honorarios para los Ingenieros Agrónomos, cuando se desempeñan como auxiliares de la Justicia. La reglamentación que en tal sentido rige en el Colegio de Profesionales de la Agronomía resulta entonces orientativa para los jueces. Y a pedido de esa Institución, el Superior Tribunal la ha hecho conocer a sus magistrados, junto con el dictamen del Dr. Jorge Perosi, por entonces Procurador General provisorio, que señala las mencionadas facultades de ley. La unidad de valoración del desempeño de los Ingenieros Agrónomos, es el Agro. Su cotización es de: 1 Agro, 2 Pesos. Y mediante tablas indicativas, el Colegio que los agrupa señala cuántos Agros cobrar por cada tarea.