L
a normativa refrendada por el mandatario en consejo de ministros garantiza derechos y obligaciones para las parejas heterosexuales y homosexuales que convivan más de cinco años sin interrupciones, como la asistencia recíproca, creación de sociedad de bienes, derechos sucesorios, cobro de pensiones por fallecimiento y otras disposiciones vinculadas a la seguridad social. Hasta el momento las uniones de parejas homosexuales sólo estaban reguladas en la región en Ciudad de México, el estado brasileño de Rio Grande do Sul y en tres zonas argentinas: Buenos Aires, Villa Carlos Paz y provincia de Río Negro. La ley uruguaya entrará en vigor la primera semana de 2008 con alcance nacional. La iniciativa contempla la apertura de un registro donde podrán inscribirse parejas de cualquier género, al amparo de derechos similares a los que devienen del matrimonio entre heterosexuales. El diputado oficialista Diego Cánepa, redactor del proyecto original, destacó que la nueva ley “profundiza la democracia, protege la diversidad de opciones y deja de lado la discriminación existente en materia legislativa que amparaba determinadas preferencias”.