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a querella es representada por los Dres. Mista y Ramat, en la causa "VISCA JUAN JOSE S/ SU DENUNCIA", en la cual se investigan posibles ilícitos en la administración de la Fiesta nacional de la Artesanía año 2007,ha requerido al Juzgado de Instrucción de la ciudad de Colón el expediente, declarando admisible la queja interpuesta por los nombrados, por la denegación de la apelación. Según trascendió, en la queja interpuesta al órgano judicial superior, los abogados de la parte querellantes “habrían sido hasta ahora impedidos de ver la causa por determinación expresa del Juez de Instrucción Ricardo G. Fuertes, no obstante la expresa manda legal establecida en el art. 204 del Código Pr ocesal Penal, que establece que el Fiscal y los querellantes podrán ver en cualquier momento las actuaciones”. Considerando esta situación, que los abogados consideraron “intolerable”, apelaron dicha resolución, a lo que el Juez contestó que no la consideraba apelable. Motivo que los llevó a interponer un Recurso de Queja ante la Cámara de Apelaciones de Gualeguay, la cual fue recibida, y considerando admisible la apelación, se le ha dado curso, por lo cual llega la Cámara a requerir del Juzgado de Instrucción el expediente para resolver sobre el fondo de la cuestión. Es probable que en las próximas semanas lleguen novedades de la Cámara, y se fijen nuevas fechas para las audiencias de testigos, ya que esta situación ha hecho suspender las audiencias de que habían sido establecidas para esta semana.