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a defensa de Luisa Josefina Naiff, la mujer que fue condenada a 15 años de prisión efectiva por el delito de Homicidio calificado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación que tuvo como víctima a su hijo de dos días de vida, presentó un recurso de Casación referido al agravante por reincidencia. María Lucrecia Sabella presentó el miércoles de la semana pasada el recurso ante la Sala 1ª de la Cámara en lo Criminal de Paraná, que fue la que condenó a Naiff, por considerar que la declaración de reincidencia viola “lo dispuesto en el artículo 50 del Código Procesal Penal”. Se explicó que Naiff, si bien fue condenada el 2 de mayo de 1990 a la pena de ocho años por un delito de similares características por la misma sala, aunque integrada por otro fiscal y otros jueces, la terminó de cumplir el 19 de febrero de 1997, puesto que tuvo el beneficio de conmutación de la pena. El artículo 50 prescribe: “Habrá reincidencia siempre que quien hubiera cumplido, total o parcialmente, pena privativa de libertad impuesta por un tribunal del país cometiere un nuevo delito punible también con esa clase de pena” y en el último párrafo sostiene que “la pena sufrida no se tendrá en cuenta a los efectos de la reincidencia cuando desde su cumplimiento hubiera transcurrido un término igual a aquel por la que fuera impuesta, que nunca excederá de 10 ni será inferior a cinco años”. Así, la defensa argumentó que “desde el cumplimiento de la pena, 19 de febrero de 1997, hasta la comisión del hecho por el fue juzgada en esta causa, 10 de marzo de 2005, han transcurrido más de ocho años, término por el cual fuera condenada en la sentencia anterior”. (Uno)