C
omo en casos anteriores, los magistrados de esta Cámara avalaron en su fallo la disposición del gobierno de no pagar los días no trabajados por huelga, al manifestar que no hubo ilegitimidad del gobierno en tal acción. El Tribunal entendió que “resulta procedente descontar a los trabajadores los haberes por los días de huelga que hubieren dispuesto, cuando la medida no haya sido por la conducta dolosa o culposa de la patronal”. La acción de amparo había sido interpuesta por la trabajadora Liliana Inés Reynoso, quien –como en las demandas anteriores– reclamó la devolución del dinero atacando a la Directiva Nº 30 del Poder Ejecutivo y la Circular Nº 2 del Consejo General de Educación (CGE). Por otra parte, se avaló el descuento de haberes como legítimo, sobre la base de que “no se ha acreditado que la medida de fuerza fue dispuesta a consecuencia de una conducta dolosa o culposa” del Consejo de Educación. El tema de los descuentos a los docentes es una de las claves para destrabar el conflicto entre el gobierno y los maestros, que hoy volverán a reunirse. Los sindicatos ya han manifestado en reiteradas oportunidades que no firmarán ningún acuerdo si no se garantiza el reintegro de los montos de modo inmediato.