E
l proyecto autoriza la comercialización de estos productos a las pinturerías, droguerías, corralones de materiales, tapicerías, marroquinerías y ferreteríaas, las que sólo podrán vender los mismos a mayores de 18 años y deberán llevar un registro de las ventas, prohibiéndose la venta en kioscos, Supermercados o Almacenes y la venta ambulatoria. En un correo enviado a INFORME DIGITAL, el Diputado Bescos fundamenta la presentación del proyecto en el considerable aumento del uso de pegamentos como inhalante entre adolescentes y niños, situación que se agrava por tratarse de productos de bajo costo y de venta indiscriminada en comercios de diversos rubros, haciendo hincapie en los graves daños, muchas veces irreversibles, que ocasiona esta práctiva y que, en ocasiones lleva a la muerte. El Diputado Bescos entiende que "es una obligación inexcusable del Estado velar por la salud de la población y que, en ese sentido ,debe promover normas que aporten una solución a esta problemática".