Sábado 16 de junio de 2007
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Política
Aumenta la presión de la OIT por la personería de la CTA
Resolvió "urgir firmemente al Gobierno" a definirse sobre el reclamo.
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L

a Central de Trabajadores Argentinos, CTA, recibió ayer un nuevo y más contundente aval a su reclamo de personería gremial desde la Organización Internacional del Trabajo, luego de que el Consejo de Administración de la OIT aprobara una recomendación del Comité de Libertad Sindical que "urge firmemente al Gobierno a que de inmediato se pronuncie" sobre el reclamo. Voceros de la CTA afirmaban anoche que la recomendación es de "aplicación obligatoria". Según ellos, la reforma de 1994 otorgó rango constitucional a los pactos y convenios internacionales firmados por la Argentina, como los convenios 87 y 98 de la OIT en los que se basa la recomendación. Y agregan que, en el caso de la sentencia al genocida Julio Simón, la Corte Suprema de Justicia determinó que los organismos de control de esos pactos y convenios son "organismos cuasi judiciales" y que sus determinaciones deben cumplirse. Hace años que la CTA pide que se le otorgue la personería gremial para tener el mismo status institucional que la CGT. La propia CGT se opone con dureza a ese otorgamiento, y el Gobierno viene dilatando un resolución. El texto de la recomendación aprobada por el Consejo de Administración —suerte de órgano ejecutivo— es notoriamente más taxativo que el de la recomendación que había dado a conocer sobre el tema, el pasado 5, la Comisión de Aplicación de Normas de la conferencia anual de la OIT, algo así como el ámbito parlamentario de la organización. Ese texto también usaba el verbo "urgir", pero ante un planteo de las delegaciones gubernamental y de la CGT argentinas fue reemplazado por exhortar, y decía: "La Comisión exhortó al Gobierno a que dé respuesta a la solicitud de personería gremial presentada por la CTA antes de la reunión de la Comisión de Expertos...", reunión que se realizará en setiembre. En los considerandos de la recomendación, el Comité de Libertad Sindical cuestiona argumentos usados por el Gobierno argentino para dilatar el otorgamiento de la personería gremial que se refieren al hecho de que la afiliación a la CTA, entidad sindical de tercer grado, es individual, y que además permite la afiliación de desocupados y jubilados. "El Comité recuerda —dicen los considerandos— que de conformidad con el artículo 3 del Convenio 87 las organizaciones de empleadores y de trabajadores deben gozar del derecho de elaborar sus estatutos. Por consiguiente, el Comité estima que la prohibición de una afiliación directa de ciertas personas a federaciones o confederaciones es contraria a los principios de libertad sindical. Corresponde a las organizaciones determinar las reglas relativas a su aplicación". Por eso, también "urge al Gobierno" a una "aprobación completa del estatuto social de la CTA". (Clarín)
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