Domingo 27 de mayo de 2007
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Política
Podrán practicarse abortos no punibles sin fallo judicial
Así lo confirma una resolución que debe ser firmada por el ministro de Salud porteño, Alberto de Micheli, y que será entregada mañana en los hospitales públicos para estos casos determinados
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a Capital Federal se convertirá en la segunda jurisdicción en Argentina en establecer una norma con un protocolo de atención para la interrupción provocada del embarazo, que está contemplada en el Código Penal. "Mañana mismo mandamos la resolución a todos los hospitales. La indicación precisa es que no se judicialicen los pedidos", afirmó De Micheli en declaraciones a un matutino porteño. En la resolución se explicará el procedimiento médico a seguir cuando se solicite la interrupción de un embarazo, aunque sólo será tomado en cuenta en casos en que la gestación ponga en riesgo la salud integral de la madre o si proviene de una violación en una mujer con discapacidad mental. De esta manera, se reglamentarán los abortos no punibles para que se realicen sin la exigencia de una autorización judicial en los hospitales públicos. La resolución será firmada por De Micheli justo en el día en que se conmemora en todo el mundo la Acción por la Salud de las Mujeres. "La Ciudad va a garantizar que los abortos no punibles se practiquen sin esperar un permiso de un juez", expresó De Micheli en sus dichos. En una primera etapa, el protocolo se cumplirá en tres hospitales: uno en zona Norte, otro en el Sur y otro del oeste de Ciudad. Para poder llevar a cabo la medida, en cada centro de salud se creará un equipo integrado por un ginecólogo, un psicólogo, un psiquiatra, un trabajador social y un abogado, designados por el director. El equipo tendrá a su cargo la evaluación de cada caso, para poder determinar si está abarcado por la resolución, aunque no tendrán un plazo mayor a los cinco días hábiles. "El dictamen se elevará a el director del hospital, quien lo refrendará. En el supuesto de existir divergencias entre los miembros del equipo interdisciplinario deberá decidir el director del hospital, pudiendo requerir a tal efecto la opinión del Comité de Bioética, con la celeridad que exija la emergencia o urgencia del caso", se indica en el protocolo. Fuente: NA
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