Domingo 13 de mayo de 2007
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Policiales
Causa tesorería: a un paso de la elevación a juicio oral y público
El responsable es el ex tesorero, pero seguirán procesados el intendente, el contador y el titular de Hacienda
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SIGUE PROCESADO el intendente Irigoyen

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inalizó la etapa instructoria en la causa por el desfalco millonario a la Tesorería Municipal de Gualeguaychú. Cumplido este proceso, el fiscal deberá elevar la causa a juicio oral y público. En la resolución, el juez de Instrucción consideró que el responsable es el ex tesorero Jiménez, pero seguirán procesados por otros delitos el intendente Irigoyen, el contador Pomés y el titular de Hacienda Pérez. El juez de Instrucción de Gualeguaychú, Roberto Cadenas, a cargo de la investigación del millonario desfalco a la tesorería de la Municipalidad gualeguaychuense firmó la resolución por la que cierra la etapa instructoria. En su escrito, determinó que el único responsable de la sustracción del dinero es el ex tesorero Ángel Jiménez. No obstante, seguirán procesados por distintas causas el intendente Daniel Irigoyen, el contador municipal Pedro Pomés y el titular de Hacienda Néstor Pérez. La causa pasó a la Fiscalía a cargo de Rubén Chaia, quien deberá ahora solicitar la elevación a juicio, una vez que Cadenas corra vista a las partes. En su resolución, el magistrado dictó tres sobreseimientos definitivos y algunos parciales. En cuanto a la situación del Intendente, consideró que no cometió el delito de malversación culposa, sino de negligencia en lo controles y haber firmado documentos que permitieron que Jiménez extraiga dinero, por lo que deberá seguir procesado. En su escrito, Cadenas reitera el principio de confianza en la actuación de Irigoyen sobre el ex tesorero, ya que considera que ese principio debe aplicarse al desempeño del jefe comunal. Según se conoció, en el considerando 5º, el juez de Instrucción establece que la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay le recomendó a él y al fiscal Chaia “investigar la posibilidad de que las conductas de los funcionarios políticos involucrados en las presentes actuaciones hayan excedido el marco del delito culposo posibilitante de la malversación atribuida a Jiménez e investigar, en consecuencia, la eventual participación en delitos dolosos”. En ese sentido, considera que los coimputados Pérez e Irigoyen siguen procesados por violación del deber de cuidado de los fondos pero no por dolo (robo). Apunta que “en mi modo de ver las cosas”, no hay “respaldo probatorio alguno” para ello, “máxime si se tiene en cuenta que quien defraudó las expectativas de Pérez e Irigoyen, esto es, el tesorero Jiménez, resultaba ser una persona que venía desempeñándose hacía años en el municipio local en forma normal y sobre la que no existía sospecha alguna para poder suponer que sustrajera las sumas de dinero que se le imputan”. Asimismo, indicó que Jiménez, por ser tesorero y contador, “contaba con mayores herramientas para desarrollar estrategias y así ocultar a funcionarios políticos las conductas ilícitas que desarrollaba”. En su resolución, Cadenas le reclama a la Cámara de Apelaciones no haber considerado debidamente la cuestión de si operaba o no en este caso el “principio de confianza” de Irigoyen y Pérez hacia Jiménez. A decir del magistrado, “lamentablemente, aún cuando se mencionó que se encontraban a disposición de ese tribunal, no fueron elevados a la Alzada conjuntamente con el expediente principal los informes bancarios y listados de escuchas telefónicas reservadas en Tesorería (escuchas que hizo la SIDE a pedido del juez), donde se puede apreciar detalladamente la manipulación que efectuó el encausado Jiménez con parte del dinero sustraído y que ninguna otra persona aparece involucrada en ello, lo que también lleva a descartar cualquier sospecha sobre conducta dolosa por parte de terceros”, dijo Cadenas en la resolución que publicó en su edición de ayer el diario El Día. Por esta omisión, la Cámara llamó la atención a Cadenas meses atrás por no haber investigado debidamente el destino o la ruta del dinero. En su escrito, Cadenas expresó que en el listado de escuchas y en la documentación bancaria están las pruebas de que sí lo investigó y cuál fue dicha ruta, a lo que se suman “los relevamientos que se realizaron en diversas escribanías de la ciudad y en los registros de la propiedad y automotor, como así también en los informes sobre si el inculpado Jiménez registraba salidas del país”. La resolución afirma que se demostró que Jiménez sustraía dinero del Municipio ya desde principios de 2004, y se denunció a mediados de 2005, por lo que contó con todo ese tiempo para ocultar el destino del dinero. En cuanto a los sistemas de controles, Cadenas consideró que los mismos fallaron, pero que “el seguimiento contable de las cuentas bancarias y el registro actualizado de la contabilidad no resultan responsabilidades del Intendente municipal, según el artículo 130 de la Ley 3.001”. Con lo cual, deja claro el concepto de que el responsable de controlar a Jiménez era otro. Sobreseídos y procesados EN SU RESOLUCIÓN, EL JUEZ DE INSTRUCCIÓN ROBERTO CADENAS, al analizar los elementos de la investigación, decidió sobreseer a Mariela Watters, quien estaba imputada del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento en concurso real entre sí. También tomó la misma decisión con Pedro Giménez y Claudio Marcelo Gauna, quienes estaban imputados de haber tenido contacto con el dinero sustraído por el ex tesorero Jiménez y por lo tanto encubrimiento agravado por ser con ánimo de lucro.Tras esas observaciones, dispuso que deberán seguir procesados en la causa el ex tesorero Ángel Jiménez, a quien se lo ha imputado por 90 hechos de peculado, pero fue sobreseído parcialmente en algunos hechos de peculado reiterado. En tanto, Néstor Pérez fue sobreseído parcialmente en el delito de malversación culposa reiterada, pero continuará procesado por los delitos de negligencia en los controles. El intendente Daniel Irigoyen fue sobreseído parcialmente en el delito de malversación culposa reiterada y continuará procesado por negligencia en los controles al firmar algunos documentos de extracción de dinero. Pedro Pomés continuará procesado por incumplimiento de los deberes de funcionario público consistente en no haber supervisado el cierre anual de las conciliaciones bancarias de 2004.
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