S
egún pudo saber INFORME DIGITAL, la presentación la hizo “en carácter de ciudadano y afiliado al Partido Justicialista” Alcides Vega – hermano del candidato a intendente Guillermo Vega de la lista 100 que encabeza Julio Solanas - y argumenta, en una presentación de 8 fojas, lo dicho por el artículo 16 de la Constitución Nacional y el artículo 80º inciso 4 de la Ley Provincial 3001 de municipios. Del artículo constitucional resalta la “falta de idoneidad” de Rossi basado en la parte que señala “Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”. Cabe recordar que el intendente está condenado por la justicia entrerriana por enriquecimiento ilícito, pero que la sentencia no se considera firme hasta tanto no se expida la Corte Suprema de Justicia de la Nación a donde llevó su planteo el intendente de Santa Elena. En el mismo sentido el mencionado artículo 80 habla de los que están inhabilitados para ser Presidentes Municipales o vocales de Junta de Fomento: “Los que hubiesen sido condenados con sentencia firme por delitos que merezcan pena de reclusión, o por delito contra la propiedad o contra la administración pública, o contra la Fe pública o por falsedad o falsificaciones”.