P
ara los empresarios, es inconstitucional Los empresarios del sector forestal advirtieron ayer que el proyecto de ley para bloquear las exportaciones de madera al Uruguay viola la Constitución Nacional y, en consecuencia, podría ser impugnado en la Justicia. Por otro lado, aclararon que actualmente no existen tales embarques hacia el vecino país. Y añadieron que si la iniciativa prospera, los únicos afectados serían los productores locales. "Estamos hablando de crear una aduana seca. Hay que remontarse al tiempo de (Juan Manuel de) Rosas para encontrar algo así. Lógicamente sería inconstitucional", dijo a Clarín el presidente de la regional Delta de la Asociación Forestal Argentina (AFOA), Jorge Barros. En diciembre, AFOA adelantó su rechazo en una carta dirigida al gobernador Jorge Busti. "El proyecto es cuestionable desde el punto de vista constitucional", ya que violaría el artículo 126 de la Carta Magna. Este texto dice: "Las provincias no ejercen el poder delegado a la Nación. No pueden celebrar tratados parciales de carácter político; ni expedir leyes sobre comercio". La reacción del sector partió del Delta entrerriano, donde existen unas 20.000 hectáreas forestadas con sauces de nula o escasa calidad maderera. Es que el proyecto original (en el supuesto de evitar una triangulación hacia Uruguay) pretendía prohibir además las ventas hacia otras provincias. Y esa zona productiva depende casi por completo de la demanda de grandes fábricas (Papel Prensa y Faplac) y aserraderos ubicados en territorio bonaerense. En el Gobierno no quieren opinar, pero admiten que viola acuerdos con la OMC Según los expertos, una provincia no puede prohibir las exportaciones del país. En la Cancillería no se animaron ayer a opinar sobre el proyecto de ley entrerriano por el que el gobierno de Jorge Busti busca imponer una prohibición a la venta de rollizos de madera a Uruguay. Pero por lo bajo, los funcionarios consideraron la medida en colisión con los acuerdos del país ante la Organización Mundial del Comercio. Fuentes diplomáticas explicaron que la iniciativa provincial, ahora bajo la lente del Gobierno nacional, es contradictoria con los compromisos adoptados ante la OMC. Es decir, que hay artículos del organismo, como el 11 o el 13 —recordaron— que impiden a los países imponer restricciones a una parte contratante, porque ello sería discriminatorio. En los análisis preliminares que ya hacen los hombres del Gobierno, la medida que impulsa Busti es catalogada como parte de la normativa nacional que rige el comercio exterior. Pero aclararon que las provincias pueden imponer restricciones a las empresas que trabajen dentro del marco provincial. En cuanto al comercio internacional, los técnicos económicos indicaron que puede haber excepciones ante determinadas emergencias. Pero evitaron opinar si las restricciones a las exportaciones de carne decididas por el presidente Kirchner el año pasado eran ejemplo de ellas. Es decir, a sabiendas de la intención entrerriana de llevar también la discusión al Congreso nacional ("lo que sería aún más transgresor de los acuerdos firmados con la OMC", opinaron las fuentes consultadas), los técnicos también estudian el artículo 20 del GATT, ahora dentro de la OMC, que indica que nada de lo dicho hasta aquí impide a un país imponer medidas de salvaguardia necesarias para proteger la seguridad, la moral pública, la salud, la vida de las personas, de los animales y los recursos naturales agotables. Pero las fuentes también señalaron que estas excepciones son "muy contadas" y que, por regla general, no pueden ser discriminatorias. "No se pueden impedir las exportaciones a un país determinado", ratificaron. Otros técnicos consultados calificaron como "dudoso" y hasta "imposible" que un gobierno provincial pueda impedir exportaciones porque las aduanas son nacionales. "Una aduana en Entre Ríos o Mendoza no es ni entrerriana ni mendocina, sino una aduana del Estado argentino, es nacional", señalaron al analizar los argumentos jurídicos de la medida que buscan impulsar los gualeguaychenses y el gobernador Busti. De aprobarse una medida restrictiva como la que se busca, entonces el Estado nacional estaría implicado en la medida discriminatoria. A su vez, el Estado tiene la facultad de no convalidar lo que la provincia de Entre Ríos apruebe, indicaron. Las fuentes agregaron que otro argumento invalidante del polémico proyecto de ley es de carácter de "política de derecho". Si se logra la prohibición de exportar rollizos de madera a Uruguay, pero los compra un cliente paraguayo que luego lo terceriza a Uruguay, ¿cuál será la efectividad de la medida? (Fuente: Clarín)