L
a Dirección General de Rentas (DGR) de Entre Ríos decidió prorrogar la moratoria impositiva que se había iniciado el 6 de noviembre con fecha de vencimiento el 31 del actual. La ampliación del plazo para regularizar los tributos se decidió ante la “voluminosa” demanda y se extenderá, por 30 días, a partir del 22 de enero de 2007. Antes, entre el 31 de diciembre y el 19 de enero, regirá el receso administrativo en el Estado. La resolución número 444, firmada ayer por el titular de la DGR, Aurelio Miraglio, dispuso prorrogar a partir del 22 de enero de 2007 “y por el término de 30 días corridos el Régimen de Regularización Tributaria dispuesto en el artículo 1º del decreto Nº 6.480”, de octubre último, firmado por el gobernador Jorge Busti. El artículo 2º de esa norma ya previó la posibilidad de prorrogar la moratoria por 30 días “cuando por razones operativas y justificadas así lo ameriten”. ALCANCES DEL PERDÓN. El denominado Régimen de Regularización Tributaria dispuesto por Rentas entre noviembre y diciembre consistió en una condonación de intereses y multas, ya sea mediante un solo pago o a través de planes de financiación especialmente previstos. En su artículo 3º, el decreto 6.480/06 estableció que los beneficios impositivos de la moratoria “sólo alcanzarán a las deudas tributarias vencidas al 30 de septiembre de 2006, independientemente de que las mismas se encuentren intimadas, en proceso de determinación, incluidas en otros planes de pago, en procedimiento administrativo tributario o contencioso administrativo, o sometidas a juicios de apremio fiscal”. Además, previó conceder a los contribuyentes que opten por cancelar su deuda en un solo pago una quita del 70 % de las multas y de los intereses resarcitorios devengados hasta la fecha del efectivo pago. En cambio, quienes elijan un plan de financiación en 3 cuotas, la condonación será del 60 %. En tanto, agrega el decreto de la moratoria, los que se acojan a un plan de 6 cuotas, la condonación será del 50 %; y para que aquellos que opten por el de 12 cuotas, la merma será del 30 %. A las dos primeras opciones, señala la norma “no se aplicarán intereses de financiación, en cuanto a la última opción se aplicará un interés de financiación del 1% mensual”. Pero el perdón no incluye los honorarios de los abogados que tengan a su cargo los juicios de apremio. El artículo 6º dice que en los casos “que se encuentren sometidos a juicio de ejecución fiscal o cuando la deuda se encuentre en procedimiento administrativo tributario o contencioso administrativo”, la condonación implicará siempre el allanamiento y renuncia a toda acción, aunque sí “el compromiso de asumir el pago de todas las costas y gastos causídicos’. RESULTADOS. En diálogo con EL DIARIO, el director de Rentas calificó de altamente satisfactorio el resultado de la moratoria que, subrayó, significó que más de 18 mil contribuyentes se hayan acercado a las oficinas del organismo a regularizar su situación fiscal, lo que comprometió una suma aproximada a los 3,4 millones de pesos. En los últimos tres días, incluso, la afluencia de contribuyentes a las oficinas de la DGR superó las 1.500 personas diarias lo que derivó en el hecho de que “colapsara” el sistema de atención al público. “En función de esa demanda, y en razón de que el mismo decreto de la moratoria contemplaba la posibilidad de una prórroga, es que dispusimos esta ampliación”, dijo Miraglio. El funcionario recordó que es la segunda moratoria que lanzó Rentas en la actual gestión —la primera fue en 2004—. En aquella oportunidad, aseguró, “se regularizaron deudas por 90 millones. En esta segunda instancia teníamos una expectativa menor, pero no nos imaginábamos que iba a ser de esta magnitud, con tanta respuesta”. Apremios La condonación de intereses y multas que supone la moratoria no alcanza el pago de honorarios a los procuradores que tienen en sus manos los juicios de apremios a contribuyentes en mora. Los apremios, dijo el titular de Rentas, Aurelio Miraglio, “es una cosa bastante antipática pero bastante efectiva para recaudar”, y prueba de ello es que durante 2004 se iniciaron en toda la provincia 10 mil apremios. Al justificar la no condonación del pago de honorarios, Miraglio sostuvo que “el abogado es un tercero, que ha iniciado acciones judiciales por lo cual se generan dos créditos: uno es el crédito fiscal, y otro por los honorarios. Nosotros no tenemos facultades para condonar honorarios de los abogados”. “Producto de esos apremios, ya hubo remate de propiedades. Pero no hemos rematado a nadie que sea un desposeído. A quien le remataron la casa es porque dejó que la remataran para pagar otros compromisos”, amplió Miraglio. —¿Rentas tiene control sobre la actividad de los procuradores fiscales que llevan adelante los apremios? —Hay gente específicamente abocada al control de los procuradores. Pero en 2004 se metieron 10 mil apremios, y controlar uno por uno es prácticamente imposible. Cuando se han detectado inconvenientes, se han tomado las medidas. (El Diario)