De acuerdo a lo que contempla la medida quedan exceptuados del asueto, "el personal político, directores y subdirectores y las siguientes reparticiones: unidades Municipales 1 -centro-; 2 -oeste-; 3 -sureste- y 4 -noreste-; Limpieza, Transito Urbano, Transporte Urbano, Colisiones y Habilitación de Registro de Conductores. Unidades Parques y espacios Verdes, Vialidad Urbana, Cementerio, Conservación Vial, Alumbrado Público, Saneamiento, Salud, Comunicación Ciudadana, Defensa Civil, Construcciones, Colonias de Verano de la dirección de Integración, Defensa del Consumidor, Deportes, Turismo, Balnearios y Campamentos, Hacienda -en su totalidad-, Mesa de Entradas y otras que resulten por resolución del Secretario respectivo", se comunicó a INFORME DIGITAL.En su articulado, se señala que “las áreas de la Administración, durante el periodo de asueto, deberán dejar una guardia permanente de acuerdo a las necesidades de cada unidad de organización”. Los agentes que, por razones de organización -o en virtud de lo dispuesto en el decreto- deban prestar servicios durante el periodo de asueto, tendrán derecho al otorgamiento de un franco compensatorio o licencia especial por el tiempo trabajado en la oportunidad que determine el titular de cada área de organización.Por este motivo, "se faculta a los secretarios que componen el Gabinete Municipal a adoptar todas las medidas y recaudos pertinentes para garantizar la prestación de los servicios y actividades administrativas que se estimen ineludibles".Se señala además, que “el período de asueto dispuesto se considerará inhábil administrativo a los efectos del trámite de expedientes, reclamos, recursos, con excepción de las actuaciones correspondientes al régimen de Sumarios Administrativos, a los procedimientos de Actas de Comprobación de Faltas, Licitaciones Públicas y todo otro trámite de compra, asimismo todas las actuaciones ante la Justicia de Faltas Municipal y la Agencia Fiscal Municipal que continuarán desarrollándose normalmente en los plazos pertinentes y de acuerdo a lo dispuesto por los Códigos de faltas y Tributario Municipal”.Juzgado de Faltas y la Agencia Fiscal Municipal Se estableció además que durante el asueto, el Juzgado de Faltas y la Agencia Fiscal Municipal desarrollarán su actividad y atenderán normalmente al público.Uso de Licencia Ordinaria 2009 En tanto, en virtud de la facultad conferida por la Ordenanza 6283, art. 1, se fijó entre el 4 de enero al 28 de febrero del 2010, el período en que el personal de esta administración municipal podrá hacer uso de la Licencia Anual Ordinaria correspondientes al 2009 o pendientes reconocidas y no gozadas.




