
Lafferriere precisó que, aunque la resolución que les permite intervenir fue emitida el martes, aún no han presentado formalmente ninguna acción. Su prioridad es examinar y estudiar detenidamente el expediente, así como las actuaciones de los abogados anteriores, para obtener un conocimiento integral de la causa antes de realizar cualquier planteo judicial.
El abogado destacó el comportamiento de Galarza durante su tiempo tras las rejas, afirmando que “no ha estado en el penal de brazos cruzados”. Según su testimonio, la joven realizó una “profusa labor educativa”, lo que le ha permitido obtener descuentos en la ejecución de su pena por estímulos educativos. Además, ha recibido “las mejores calificaciones en conducta y concepto”, tanto de sus compañeras como de las autoridades penitenciarias.
Originario de Nogoyá, Lafferriere explicó que existen diferentes institutos legales y normativas vigentes que permitirían abordar el proceso de ejecución de la pena. Entre las opciones se incluyen los acercamientos familiares, las salidas por educación formal (ya sea extramuros o intramuros, con capacitaciones de instituciones como UADER y UNER), y el acceso a beneficios socio-familiares y laborales. Asimismo, se evalúa la posibilidad de libertad condicional para quienes no tienen antecedentes y cumplen una pena por primera vez, y eventualmente, la libertad asistida.
Es importante recordar que Galarza fue condenada por homicidio agravado, un dato que el abogado subraya como un “dato de la realidad” y que la diferencia de un homicidio simple. Galarza ha cumplido ocho años de pena efectiva, lo que se traduce en el mínimo de castigo impuesto por homicidio simple.
Aparte de la ejecución de la pena, el letrado también se refirió a otras vías para modificar la condena penal, que tramitan en un expediente diferente, conocido en la jerga como el “expediente madre”. La normativa actual permite revisar, impugnar y cuestionar sentencias. En este sentido, se considera el derecho de cualquier persona, una vez agotadas las instancias nacionales, de recurrir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Lafferriere también hizo distinciones clave sobre otras opciones:
. El indulto, una potestad del Poder Ejecutivo Provincial conforme a la Constitución, no es una decisión exclusiva del gobernador y debe ir acompañado de un informe del Superior Tribunal de Justicia. El abogado aclaró que Nahir no ha solicitado específicamente un indulto.
. La revisión de sentencia permite que una resolución dictada por el máximo tribunal provincial sea revisada sobre la base de supuestos que atenten contra la noción de justicia, como que una prueba fuera falsificada o que un juez estuviera corrompido.
El doctor Lafferriere concluyó que, como operador del derecho, su función es ejecutar las acciones que sus asistidos demandan para que la justicia determine. En el expediente de Nahir, se examinarán las posibilidades que incluyen planteos a nivel ejecutivo, judicial e incluso supranacional, dejando que sea la justicia la que emita su decisión final.