Domingo, 26 de octubre de 2025   |   Nacionales

Multa por no votar en las Elecciones Legislativas Generales: cuánto es y cómo tramitar la excusa

Los electores deben tener al menos 16 años cumplidos para asistir a las urnas.
Multa por no votar en las Elecciones Legislativas Generales: cuánto es y cómo tramitar la excusa

Las elecciones-en-provincia-de-buenos-aires-cuanto-es-la-multa-por-no-ir-a-votar.phtml">Elecciones Legislativas Generales se llevarán a cabo el domingo 26 de octubre; en ellas los ciudadanos elegirán a 35 nuevos diputados nacionales. El voto es obligatorio para todos los bonaerenses de entre 18 y 70 años, mientras que para los menores de 18 y los mayores de 70 será optativo.

No obstante, quienes no asistan a las urnas deberán pagar una multa. Para poder emitir su voto, los electores deben tener al menos 16 años cumplidos, presentar el último DNI vigente y figurar en el padrón electoral.

elecciones

Cuánto es la multa por no ir a votar

De acuerdo con la Ley Electoral Provincial, las sanciones previstas para quienes no cumplan con el deber cívico de votar, conforme al artículo 137, establecen que “se impondrá multa de $50 a $500 a los electores mayores de 18 años y menores de 70 que dejaren de emitir su voto y no se justificaren ante la Junta Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”.

El Gobierno provincial, a través de su sitio oficial, advierte que “si estás obligado/a a votar y no lo hacés, sin justificación, podés recibir una multa y quedar registrado en el Registro de Infractores al deber de votar. Este registro constituye una consecuencia adicional a la sanción económica, y pone de relieve la importancia del cumplimiento del deber cívico.

boleta única papel

Cómo son las Boletas Únicas de Papel

El diseño de la Boleta Única de Papel, aprobado por la Cámara Nacional Electoral (CNE), dispone que los partidos políticos se ubiquen en columnas (verticales) y los cargos en filas (horizontales).

Cada categoría electoral contendrá una casilla en blanco para que el votante tilde su opción de preferencia.

Los candidatos a senadores nacionales aparecerán identificados con nombre, apellido y fotografía en color.

En las listas de diputados nacionales deberán figurar, como mínimo, los cinco primeros nombres de la nómina.

Cabe señalar que existirán dos modelos de boleta, según la jurisdicción: uno incluirá senadores y diputados (en las provincias que eligen banca en la Cámara Alta) y otro será únicamente para diputados nacionales.

Déjanos tu comentario: