En plena feria judicial se conoció el fallo de 41 páginas
emitido por los integrantes del Tribunal, Leonardo Portela y Germán Carlomagno,
en el cual se considera que no está acreditado el riesgo de fuga, por lo que se
dispuso la libertad del exgobernador. Miguel Giorgio, por su parte, votó por el
cumplimiento efectivo de la prisión preventiva en la cárcel.
"Se dispone hacer lugar al Recurso de Casación
interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, REVOCAR la resolución de fecha
05/09/2024, dictada por el Tribunal de juicio y apelaciones de Paraná, y en
consecuencia, disponer la prisión preventiva efectiva de los imputados Sergio
D. Urribarri y Juan Pablo Aguilera, hasta que la sentencia condenatoria recaída
en autos adquiera firmeza", se indicó en el fallo.
Desde el Tribunal Superior explicaron que "la prisión
preventiva es la medida cautelar de coerción personal más severa posible y por
ende reviste de carácter excepcional", motivo por el que revocaron la
decisión que se había tomado por pedido de los fiscales entrerrianos Patricia
Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull.
Por su parte, la defensa del exfuncionario kirchnerista
había objetado la prisión preventiva, argumentando que no se expusieron motivos
concretos que fundamenten la medida y la calificaron como "excesiva",
considerando también que el fallo no está firme hasta que lo trate la Corte
Suprema.
"La resolución que dispuso la detención del ex
gobernador es descalificable con base en la doctrina de la arbitrariedad, toda
vez que omitió el tratamiento de las cuestiones esenciales oportunamente
planteadas, traduciéndose ello en la falta de fundamentación adecuada con la
consiguiente afectación de los derechos de defensa en juicio y del debido
proceso legal", explicó la defensa.
La condena contra el exgobernador de Entre Ríos
Urribarri se encuentra condenado a ocho años de prisión por
delitos contra la administración pública, aunque la Corte podría demorar años
en tratar su expediente y el mismo sería resuelto cuando este ya supere los 70
años de edad, por lo que sería condenado a prisión domiciliaria.
Uno de los jueces indicó que "la posibilidad de una
fuga evadiendo los controles fronterizos, además de resultar una absoluta mera
conjetura, puede enervarse con distintas y simples medidas asegurativas" y
el Tribunal agregó: "No existe peligro de entorpecimiento en la
investigación, ya que la etapa de investigación está clausurada".
Por el contrario, Giorgio apoyó la confirmación de la
sentencia de Casación que metió al exgobernador a la cárcel y manifestó que el
posible plazo en el que la Corte trate el caso no se trataba de un fundamento
válido para revocar la domiciliaria.