
El Gobierno oficializó la apertura del proceso para acceder al cupo de exportación de 20.000 toneladas anuales de carne vacuna deshuesada, enfriada o congelada con destino a Estados Unidos, correspondiente a 2026. Desde la industria ya anticiparon que 2025 “sería el mejor año de exportaciones” a ese país desde la reapertura a fin de 2018 y las ventas iniciadas en 2019. Precisaron que podría superarse las 40.000 toneladas —entre lo incluido en la cuota y lo vendido fuera de ella— por un valor superior a US$300 millones. Dentro de la cuota se aplica un arancel reducido de 44 dólares por tonelada y, fuera de ella, de 26,4%.
“Hasta octubre ya se habían exportado a EE.UU. 33.400 toneladas por US$251 millones. Estos números al cierre del año podrían permitir superar las 40.000 toneladas por un valor superior a US$300 millones. Sería el mejor año de exportaciones a EE.UU. desde la reapertura en 2019″, remarcaron altas fuentes del sector exportador.
En cuanto a la cuota, dijeron, según Customs and Border Protection de EE.UU., “al 15 de diciembre pasado habían ingresado, dentro del contingente de 20.000 toneladas otorgado a la Argentina unas 18.711 toneladas de carne bovina, un 93,6% del total del cupo“, agregaron.
El dato surge en la expectativa de que, finalmente, con el gobierno de Donald Trump se concrete una ampliación de la cuota a 80.000 toneladas sin aranceles hacia ese país, lo que sería una buena noticia para la cadena de ganados y carnes.
En este contexto, la resolución 249/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial y firmada por el secretario de Agricultura, Sergio Iraeta, subrayó que el objetivo central de esa normativa es asegurar el abastecimiento regular de carne vacuna durante todo el año y evitar distorsiones comerciales entre el cierre de un ciclo y el inicio del siguiente. Detallaron que el contingente, otorgado por el Departamento de Agricultura de Estados Unidos, comenzará a regir el 1° de enero de 2026. Vale recordar que días atrás se conoció el reglamento hasta el 31 de diciembre de 2029 que se usará para este cupo.
Indicaron que se toma esta medida “para que la finalización de un ciclo comercial y el inicio del siguiente no afecten el normal desenvolvimiento de la operatoria comercial entre la Argentina y los Estados Unidos”.
Según la normativa, el plazo de inscripción para el ciclo 2026 se abrirá a partir de la entrada en vigencia de la norma y se extenderá por diez días corridos. Destacaron que las empresas interesadas deberán realizar el trámite a través de la plataforma TAD, mediante la “Solicitud para acceder a una licencia de exportación – Cuota carnes a Estados Unidos. Ciclo 2026”, y presentar la documentación exigida en los Anexos I y II.
En muchos mercados del hemisferio norte, la demanda no apunta a la carne producida por un novillo criado a pasto —que ofrece carne magra, de color rojizo intenso y con posibilidad de grasa amarilla—; los consumidores de Estados Unidos, de países de Europa y de Japón buscan un producto con mayor grado de grasa intramuscular, poca grasa de cobertura en la res (que debe ser blanca), carne de color rosa pálido y una amplia área de ojo de bife
En este contexto y con el fin de consolidar una “Marca País”, la norma habilita a la Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios e Inserción Internacional a otorgar adelantos de cupo, antes de la adjudicación definitiva, “únicamente para aquellas empresas y Proyectos Conjuntos que hubieren superado el control documental”.
Para la categoría Industria, se detalla una extensa nómina de requisitos, que incluye la acreditación de la personería jurídica, la habilitación sanitaria vigente por parte del Senasa, la inscripción en el sistema Siocal, y la presentación de un programa de faena mensual y un cronograma de exportaciones. Además, se exige la identificación de antecedentes de exportación correspondientes a los años 2023, 2024 y 2025, “únicamente de las posiciones arancelarias previstas en el criterio distributivo”.
En el caso de los Proyectos Conjuntos entre frigoríficos y grupos de productores o asociaciones de criadores, el Anexo II fija condiciones específicas. Entre ellas, la presentación de la documentación constitutiva del proyecto, el listado detallado de productores participantes y el volumen de hacienda comprometido, que “deberá satisfacer el total de toneladas dispuesto a exportar”.
La normativa también contempla la participación de proyectos nuevos, que deberán acompañar una descripción detallada de la iniciativa, cartas de intención de importadores y antecedentes en el negocio exportador, mientras que la autoridad de aplicación verificará de oficio que todos los establecimientos cuenten con habilitación sanitaria y matrícula vigente al momento de la publicación de la medida




