
La magistrada rechazó todas las imputaciones, sostuvo que las ausencias correspondieron a “capacitaciones” y acompañó notas de funcionarios del STJ que aseguran que no existe atraso en la resolución de expedientes, pese a lo informado públicamente por el propio Poder Judicial.
No obstante, un relevamiento de ANALISIS demuestra que sus afirmaciones sobre las ausencias por capacitación no son veraces: en muchos casos se trató de actos organizados por la Asociación de Mujeres Juezas y, además, violó el reglamento que fija 20 días anuales para ese tipo de licencias, al promediar alrededor de 60 días por año. También resultó equívoca su explicación respecto del uso de vehículo oficial. Medina sostuvo que en 2022 dejó constancia de que no usaría el auto de la Presidencia del STJ; en los hechos, siguió utilizando otros vehículos oficiales del máximo tribunal, incluso en días recientes, cuando los choferes la trasladaban desde y hacia su domicilio.
En el descargo presentado esta mañana ante la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados detalló lo siguiente:
–Ausencias, licencias y comisiones de servicios. Asegura que todas las ausencias, licencias y comisiones registradas entre 2014 y 2025 fueron solicitadas, asentadas, autorizadas y aprobadas por la autoridad competente conforme al Reglamento de licencias vigente, y respalda esa afirmación con una constancia de la Secretaría del STJ.
–Capacitación. Señala que su participación en actividades académicas y de formación, tanto dentro de la provincia como fuera de ella, incluido su rol ad honorem como directora del Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial, contó con la autorización del STJ. Subraya que la capacitación es un “deber legal y ético” de la magistratura, en línea con el Estatuto del Juez Iberoamericano (Artículos 24 al 34) y con los Principios de Bangalore sobre conducta judicial, especialmente en lo relativo a los valores de Competencia y Diligencia.
–Viáticos. Manifestó que los viáticos por esas actividades se otorgaron conforme a la normativa vigente, fueron autorizados, controlados y rendidos sin observaciones ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia; adjuntó una certificación que lo acredita.
–Productividad judicial. Medina destacó su producción judicial: entre 2014 y octubre de 2025 dictó 5.821 autos y sentencias, y aseguró que su despacho está al día, sin causas con plazos vencidos. Aportó constancias del Departamento Judicial Contencioso Administrativo, de la Sala del Trabajo y de la Oficina de Amparos que, según ella, certifican la inexistencia de mora o expedientes vencidos a despacho.
–Programas e Iniciativas. La vocal afirmó ser la impulsora del “Programa La Justicia va a los Barrios” (desde el año 2000) y del desarrollo del “Programa Masculinidades Sin Violencia” (desde 2023). También se desempeña como directora “Ad Honorem” del Museo del Poder Judicial.
En sus conclusiones, Medina de Rizzo sostuvo que no existe “afectación al procedimiento, al servicio de justicia o a los plazos legales”. Negó de manera categórica que sus actividades hayan causado demoras, perjuicios o irregularidades en su función jurisdiccional y afirmó que la tarea del tribunal mantuvo un ritmo ordinario, continuo y eficiente. Consideró que la denuncia carece de base fáctica y jurídica y rechazó la idea de que considerar la capacitación como una infracción tenga sentido. Finalmente, apeló al deber de “Humanizar la Justicia” mediante la formación permanente para un servicio judicial más transparente y cercano a la sociedad.
Por último, en el documento presentado ante Diputados adjuntó notas de “solidaridad y respaldo” de asociaciones judiciales nacionales e internacionales que resaltaron “su trayectoria, integridad, y liderazgo en la defensa de los derechos humanos y la incorporación de la perspectiva de género en la justicia”.
Aspectos problemáticos
Al analizar el descargo de Susana Medina de Rizzo, surgen varios puntos a considerar.
En su apartado “Programas e Iniciativas” se atribuye la creación del “Programa La Justicia va a los Barrios”, cuando en rigor la iniciativa se origina en una idea del ex ministro de Gobierno, Justicia y Educación, Hernán Orduna, que comenzó a implementarse en 1988.
En lo relativo a las capacitaciones, Medina omitió que el reglamento del STJ establece un límite de 20 días al año para ese tipo de licencias. Sin embargo, en múltiples ocasiones superó los 60 días anuales por capacitación. Esa discrepancia plantea que las licencias concedidas no habrían sido reglamentarias, tal como lo señala Elena Salomón, secretaria de Superintendencia del STJ, aunque su testimonio proviene de lo informado por la propia vocal. Cabe la posibilidad de que la funcionaria judicial haya reproducido información falseada desde la Vocalía o que Asuntos Administrativos del Poder Judicial remitiera datos erróneos a ANÁLISIS cuando se solicitó información oficial sobre las ausencias de los vocales y, en particular, sobre Medina de Rizzo. Además, en varios casos las pretensas “capacitaciones” consistieron en entrega de premios, participación en eventos organizados o “conferencias” (actividad que no consta como frecuente en su trayectoria) organizados por AMJA u otras entidades afines, mientras ella seguía percibiendo su salario sin descuentos por inasistencias. En suma: no serían licencias destinadas a capacitarse, sino permisos para asistir a actos pseudoacadémicos o meramente protocolares.
Medina adjunta certificaciones de todos los secretarios del STJ que avalan que su despacho está al día y sin causas atrasadas, pero las estadísticas oficiales del Alto Cuerpo muestran que su Sala Laboral acumula el noventa por ciento de atraso. Lo que la vocal no considera es que, como presidenta de la Sala Laboral en 2024/2025, tiene la responsabilidad de mantener las causas al día. Además, existen indicios de que manipuló sorteos de expedientes para que, en los últimos años, recayeran en Germán Carlomagno y Laura María Soage y no en ella; por ese procedimiento, Carlomagno ordenó esta semana un sumario administrativo contra la secretaria de Medina que implementaba dicho mecanismo.
Por último, resulta llamativa su explicación sobre el uso de vehículos oficiales. En el descargo afirmó que, al asumir la Presidencia del STJ en 2022, dejó constancia de que no utilizaría el auto oficial de la conducción del cuerpo. La realidad es otra: Medina de Rizzo no dejó de usar el vehículo oficial Taos, patente AF728 (…), con el mismo chofer que la traslada diariamente desde su domicilio a los tribunales y viceversa. La semana pasada viajó en ese vehículo oficial a Buenos Aires y la anterior concurrió con él a la Embajada de Estados Unidos en Argentina.





