Viernes, 5 de diciembre de 2025   |   Justicia

La muerte del doctor Ojeda: ¿juzga la Justicia a la “persona” o solo la autoría de hechos concretos?

La muerte del doctor Ojeda: ¿juzga la Justicia a la “persona” o solo la autoría de hechos concretos?

La noticia de la muerte del doctor Daniel Ojeda, ocurrida mientras cumplía una pena unificada de 11 años por la muerte de dos pacientes y por intervenir en clínicas no habilitadas, provocó en las redes sociales comentarios que desconcertaron a más de uno. En estos tiempos, cualquier gesto de compasión o misericordia hacia quienes erraron el camino se percibe como una debilidad imperdonable, una supuesta traición a los “buenos” y una connivencia con los “malos”.

“Como pediatra fue el mejor. Salvó un chico que llegó al hospital muerto, le hizo masaje con dos dedos en su corazón y el bebé lloró. Eso lo vimos las enfermeras de neonatal. Paz a los padres de Daniel y que Dios lo haya perdonado. Todos los seres humanos pecamos”, posteó una mujer.

No fue el único comentario en esa línea: pronto aparecieron varias testimonios similares. Por ejemplo: “Digan lo que digan, a mí me salvó la vida y soy testigo y estoy agradecido a Dios que lo puso en mi camino”.

Entre esas publicaciones figura la de una mujer que relata cómo la atendió fuera de horario y, sin rodeos, le salvó la vida ante un cuadro que sus colegas no habían logrado diagnosticar. Tampoco faltó un post que intentó conciliar las distintas visiones sobre el médico: “Era un excelente pediatra y hacía bien su trabajo. Luego se transformó en Esteticista y llevó a cabo actos impropios, así terminó en la cárcel”.

Desde esa mirada binaria que a menudo tenemos sobre el otro, la tendencia a “medir” y “etiquetar” (herencia de un racionalismo extremo que modeló nuestra mentalidad), como si pudiéramos conocer en profundidad la complejidad y el misterio de cada vida cuando ni siquiera llegamos a conocernos a nosotros mismos, seguramente esos comentarios benevolentes hacia un condenado por la Justicia resulten indignantes. Esa indignación puede esconder, además, una confusión respecto de los límites y alcances del accionar del sistema judicial.

Antes de intentar responder la pregunta del título —si el Poder Judicial juzga a la persona en su integridad o solo determinadas conductas tipificadas por la ley— me vinieron a la mente dos textos literarios muy distintos entre sí, pero que quizás confluyen en un punto. El primero es un cuento del “Negro” Roberto Fontanarrosa; el segundo, Sabiduría de un Pobre, sobre la vida de San Francisco de Asís.

El cuento se llama “Dudas sobre Ifat, el Eritreo”. Kassa vio a Ifat matando una de sus cabras porque la sorprendió comiendo dátiles de la huerta. Indignado, Kassa fue a contárselo a su padre, Habta. En tiempos de la Ley del Talión, Habta no dudó y comenzó a afilar la espada para ir a matar a Ifat. Pero al día siguiente sucedió algo desconcertante: Kassa fue atacado por un tigre y arrojado al vacío en plena tormenta. ¿Quién lo socorrió? El propio Ifat, el que había matado la cabra. Entonces Habta dejó de afilar la espada y cayó en una gran perplejidad: ¿es bueno o es malo Ifat, el Eritreo? Torturado por la duda, consultó a un supuesto sabio (que sabio no era), y este le respondió: “Habta, todos los hombres que viven del otro lado del río son malos. Y todos los hombres que viven de este lado del río son buenos”.

¿Quiénes hoy cumplen ese triste papel de simplificar la realidad humana, dividiendo tajantemente bandos y separando la paja del trigo? ¿Líderes políticos, acaso? ¿Los medios, cuando alimentan esa polarización? ¿La virulencia implacable de muchos en redes sociales, que se erigen en jueces supremos? ¿El propio Poder Judicial? ¿Algunos grupos religiosos o iglesias?

En Sabiduría de un Pobre, Eloi Leclerc recoge un episodio en el que Francisco de Asís es interpelado por el hermano Tancredo, que le reclamaba mano dura para castigar a los “malos” apelando a la “cólera de Dios”. El santo le contestó: “Si el Señor quisiera arrojar de delante de su rostro todo lo que hay de impuro y de indigno, ¿crees que habría muchos que pudiesen encontrar gracia? Seríamos todos barridos, pobre amigo mío. Nosotros como los otros. No hay tanta diferencia entre los hombres desde este punto de vista. Felizmente, a Dios no le gusta hacer limpieza por el vacío. Eso es lo que nos salva”.

Retornemos a la pregunta inicial: ¿qué juzga el sistema judicial? ¿Cuáles son sus límites? Antes que nada, conviene recordar que hablamos de un sistema judicial siempre imperfecto, como imperfectas son todas las obras humanas y como imperfectos somos cada uno de nosotros. No es una obviedad menor.

La cuestión es más profunda de lo que aparenta y alcanza tanto al plano legal como al moral. El sistema judicial está diseñado para juzgar hechos y acciones concretas de las personas; es decir, los actos que integran una acusación. No tiene alcance para juzgar a la persona en su totalidad. Se concentra en comportamientos, decisiones o hechos específicos atribuidos a un individuo, apoyándose en pruebas, y siempre que esos hechos estén tipificados como delitos por leyes sancionadas por el Congreso. Esas leyes no son inmutables: pueden variar con las épocas, de modo que una conducta considerada delictiva en un tiempo puede dejar de serlo en otro, y viceversa.

Insisto: la Justicia NO juzga a la persona en su totalidad. Si dicta una condena, ésta se limita exclusivamente a un acto o conjunto de actos demostrados más allá de la duda razonable según la legislación vigente.

En el caso de Daniel Ojeda, la Justicia se ocupó de las cirugías clandestinas que terminaron en muertes. El papel del sistema judicial se ciñe a verificar si esos hechos ilícitos denunciados realmente ocurrieron, si el imputado fue responsable y si merecen una pena. Eso es todo. Ojeda pudo haber salvado, antes y después de esos hechos punibles, un millón de vidas; pero eso queda fuera del campo de acción del accionar judicial.

Por eso mismo, el sistema judicial no puede ni debe formular conclusiones de orden moral del tipo “fulanito es malo” o “menganito es bueno”, juicios a los que sólo podría llegarse desde una perspectiva que ningún ojo humano está en condiciones de sostener. Cada persona es un misterio inabarcable e insondable, y haríamos bien en abstenernos de aplicar nuestras precarísimas “medidas”.

En el rito católico, la Misa incluye una oración por todos los difuntos con una frase que quizás ya no nos conmueve por lo reiterada: “cuya fe solo Tú conociste”. Es un reconocimiento explícito de que ningún humano puede evaluar al otro en la integridad de su vida. Solo Dios conoce hasta el último pliegue de nuestro ser.

Por tanto, el Poder Judicial debe evitar pretender un juicio integral sobre las personas. En la medida en que se limite a juzgar hechos puntuales, estará más cerca de la objetividad y la consistencia necesarias en sus decisiones. El veredicto debe apoyarse exclusivamente en las pruebas y en la tipificación legal de un hecho como delictivo o no, sin emitir juicios definitivos sobre la persona acusada.

Finalmente, ¿implica lo anterior una intención de “minimizar” las graves responsabilidades que la Justicia atribuyó al doctor Daniel Ojeda y que culminaron en dos muertes? De ninguna manera. Si fue juzgado con el debido proceso, por jueces imparciales y sobre la base de pruebas, el médico debe cumplir la condena establecida. Es lo mínimo exigible frente a los familiares y amigos de las víctimas, aunque no sea suficiente para devolverles a sus seres queridos.

Dicho esto, ¿está mal que algunos rescaten las obras buenas de Ojeda? De ninguna manera. Y si esos testimonios provienen de experiencias directas, es encomiable que se den a conocer. Ese rescate nos ayuda a reconocer los límites del sistema judicial y los límites de todo parecer humano acerca de la vida ajena. Además, esos relatos son un bálsamo para los familiares directos de Ojeda, quienes seguramente conocieron facetas de su forma de ser y actuar muy distintas a las que se evaluaron en tribunales.

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