Viernes, 24 de agosto de 2007   |   Policiales

La Justicia sobreseyó a los tres estudiantes pintatanques

Los argumentos de los jueces no conformaron, ya que por una nueva pintada serían procesados.
La Sala 2 de la Cámara del Crimen sobreseyó a los estudiantes pintantanques Santiago y Jairo Fiorotto y Juan Marengo, quienes habían sido procesados por escribir consignas pacifistas en el tanque de guerra instalado en Oro Verde como monumento.De todos modos, los argumentos de los magistrados no alcanzaron para conformar a la defensa, ya que aquellos consideraron que no hubo delito sólo por el tecnicismo de que “hubo un error de prohibición indirecto”. Esto significa que, para los jueces, los estudiantes no sabían que estaban ejecutando una acción tipificada como delito y, por lo tanto, sí serían procesados si en otra oportunidad pintan graffitis en una propiedad.Los jueces Raúl Herzovich, Amilcar García y Ricardo González sobreseyeron a los pintatanques del delito de daño calificado, por el cual los había procesado el juez de Instrucción Héctor Vilarrodona, tras la denuncia de la Municipalidad de Oro Verde.Como se sabe, el hecho ocurrió el 25 de mayo del año pasado, cuando los estudiantes pintaron el tanque Sherman con las leyendas “amor”, “paz” y “Argentina”; y luego fueron perseguidos y detenidos por la Policía.A pesar de subrayar la importancia de que fueron finalmente sobreseídos, Iparraguirre dijo a UNO que los fundamentos de la Cámara no lo conforman plenamente.“Entienden que existió un error indirecto de prohibición; es decir, hay un problema de culpabilidad”, manifestó el abogado. Luego explicó que para que haya delito tienen que darse cuatro factores: “Tiene que haber acción, tipicidad, antijuricidad (que no haya causa de justificación, como puede ser la legítima defensa) y culpabilidad; es decir, que quien comete la acción conozca que ese hecho es delictivo”.El último punto fue el que tuvieron en cuenta los magistrados para revocar el procesamiento: consideraron que hubo un “error de prohibición indirecto”, porque existió “un exceso en la causa de justificación”. En otras palabras: para la Justicia los jóvenes creyeron que existía una causa que justificaba la pintada.“No estamos conformes, porque consideramos que estas conductas son atípicas”, dijo Iparraguirre, en referencia a que aspiraban, directamente, a que no se considerara a la acción efectuada por los pintatanques como un delito incluido en el Código Penal.“La consecuencia es que si vuelven a pintar un tanque o lo que sea, no van a poder ampararse en un error indirecto de prohibición. Van a quedar procesados”, dijo el abogado.Además, el fallo no hace referencia a la jerarquía constitucional del derecho de expresión y libre petición a las autoridades, por sobre el derecho a la propiedad privada. MarchaLa noticia del sobreseimiento se conoció luego de una marcha realizada al mediodía frente a Tribunales, en la que justamente se reclamó el desprocesamiento de los estudiantes.La Asociación de Familiares y Amigos de Desaparecidos Entrerrianos y en Entre Ríos (Afader) y otras organizaciones sociales participaron de la manifestación. (UNO)

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