
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, mediante un fallo emitido por Beatriz Aranguren y Mateo Busaniche, determinó que corresponde a la Justicia provincial investigar las presuntas irregularidades relacionadas con la camioneta de Abigeato, hallada en un taller mecánico de la provincia de Buenos Aires en 2023, durante un allanamiento por el robo de autopartes de vehículos incautados en el Puesto Caminero de la ruta 12, en Ibicuy.
Los jueces revocaron el procesamiento dictado por el juez federal de Gualeguaychú, Hernán Viri, contra el policía Ricardo Galeano, en relación con uno de los hechos imputados.
Este expediente surge en el contexto de una causa en la que varios policías están acusados de sustraer piezas de vehículos secuestrados en el mencionado puesto caminero. En los múltiples allanamientos realizados el 23 de noviembre de 2023, uno se llevó a cabo en un taller de la localidad bonaerense de Malvinas Argentinas, donde se descubrió una camioneta Chevrolet S10, móvil patrullero 1324, perteneciente a la Brigada Islas del Ibicuy de la Dirección de Prevención de Delitos Rurales de la Policía de Entre Ríos. Ante las sospechas de que esta unidad también podría estar implicada en los delitos investigados, la Fiscalía Federal de Gualeguaychú inició una investigación.
El fiscal Pedro Rebollo solicitó a la fuerza de seguridad provincial detalles sobre el mencionado patrullero. El subcomisario Ricardo Galeano, jefe de la Brigada Islas del Ibicuy, informó que el vehículo había presentado problemas eléctricos y mecánicos desde hacía dos meses, por lo que se consultó a los mecánicos F. O. y C. O. del taller mencionado, dada la falta de personal capacitado. El traslado se realizó el 12 de octubre mediante grúa, debido a la complejidad de la situación y a la carencia de herramientas adecuadas.
Posteriormente, la Unidad de Reunión de Información Gualeguaychú de la Gendarmería Nacional comunicó que en Gualeguaychú había solo un taller, “Chevroford Servicios”, con los medios necesarios para la reparación, ubicado a unos 80 kilómetros de la Brigada de Abigeato, mientras que el taller de F. O. estaba a unos 133 kilómetros. El comisario Javier Balbuena, en ese momento jefe de la División Logística de la PER, mencionó en una nota que Galeano había recurrido a los mecánicos bonaerenses por su practicidad y su oferta de “reparar rápidamente el vehículo”, a pesar de que el taller se encontraba en otra provincia, siendo el más cercano a la unidad policial a 380 kilómetros.
Tanto Galeano como Balbuena fueron imputados por su posible “incumplimiento al informar” sobre esta situación al fiscal federal. El 11 de septiembre de 2024, el juez Viri decretó el procesamiento de ambos por el delito de omisión de cumplimiento de las obligaciones propias de funcionario público, resolución que se ha mantenido vigente y sigue su curso en el ámbito federal.
Posteriormente, el fiscal solicitó ampliar la investigación, imputando a Balbuena y Galeano por “omitir el procedimiento establecido por la Policía de Entre Ríos para los casos en los que se requiere reparar un móvil sin contar con personal o herramientas idóneas”. Así, se amplió el procesamiento de ambos por las dos situaciones.
Esta última acusación fue motivo de apelación ante la Cámara Federal de Paraná. Los abogados defensores impugnaron la resolución calificándola de “arbitraria”, negaron los hechos imputados y argumentaron que la incompetencia del juez federal era evidente, en base a que se trataba de una violación a normas provinciales (Ley de Contabilidad Pública N° 5140, Decretos 404/95 y 795/96, y el Reglamento General de la Policía de Entre Ríos). En este sentido, sostuvieron que la Justicia provincial era la competente, siendo el sujeto pasivo el Estado entrerriano.
El ex fiscal general Ricardo Carlos María Álvarez, en una de sus últimas intervenciones en el cargo antes de su jubilación el 1° de septiembre, consideró válidas las acusaciones sobre las presuntas falsedades y la obstrucción a la investigación por parte de los policías, aunque coincidió en que la infracción a la normativa administrativa de la PER debería ser competencia de la justicia provincial.
Finalmente, los camaristas argumentaron que, al investigar una pluralidad de delitos, corresponde separar el juzgamiento de aquellos de naturaleza federal de los de índole común, a pesar de la relación de conexidad que pudiera existir. Así, la Cámara acogió el recurso de apelación de la defensa, revocó la ampliación del procesamiento de Galeano y Balbuena en relación con el segundo hecho, declaró la incompetencia parcial del fuero federal y remitió las actuaciones a la Justicia provincial.