Viernes, 22 de agosto de 2025   |   Justicia

Justicia inicia acción colectiva contra las jineteadas en Oro Verde.

Justicia inicia acción colectiva contra las jineteadas en Oro Verde.

En el contexto del proceso colectivo que se lleva a cabo en el juzgado de Paz de Oro Verde, donde dos organizaciones de protección animal han solicitado la suspensión de la habilitación municipal para realizar actos de jineteada y doma, el juez Mariano Ramón Jurado decidió notificar a las partes interesadas en el resultado del litigio mediante la inscripción del proceso en el Registro de Procesos Colectivos.

Según comunicó el Poder Judicial el viernes por la noche, “podrán comparecer dentro de un plazo de siete días corridos a partir de esta publicación y quienes lo soliciten deberán presentarse con asistencia letrada”.

El recurso de amparo fue presentado por la Asociación Civil Conciencia Animal Entre Ríos y la Asociación Ecoguay en contra de la Municipalidad de Oro Verde. Las organizaciones fundamentaron su solicitud en la necesidad de proteger a los animales como parte del medio ambiente y evitar actos de crueldad y maltrato.

La semana pasada, el juez Mariano Ramón Jurado desestimó la medida cautelar solicitada por las organizaciones, permitiendo que el evento programado para el domingo 17 se realizara sin inconvenientes. Sin embargo, el proceso del amparo sigue en curso.

Es importante mencionar que, previamente, la jueza laboral Gladys Pinto se había declarado incompetente para intervenir en el caso, por lo que el expediente fue trasladado al Juzgado de Paz de Oro Verde.

Los argumentos de los protectores de animales se respaldan en la Ley Nacional Penal N° 14.346, que en su artículo 3, inciso 7, considera actos de crueldad el “lastimar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por mero espíritu de perversidad”.

El texto del amparo sostiene que la jineteada “implica el uso de medios de coerción y violencia física y psíquica” contra los caballos, utilizando fustas, rebenques y espuelas para “castigar al animal”. Asimismo, acusan a los organizadores de estos eventos de causar “sed, hambre, insolación o dolor considerables” a los animales.

Por otro lado, se argumenta que la Municipalidad de Oro Verde, al autorizar estos espectáculos, “viola derechos fundamentales consagrados por la Constitución Nacional, especialmente el artículo 41, que establece el derecho a un ambiente sano y equilibrado y la obligación de proteger el patrimonio natural y la diversidad biológica”.

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