Viernes, 19 de septiembre de 2025   |   Justicia

Julián Christe pasará a prisión domiciliaria tras decisión de la Cámara de Casación Penal sobre su situación en la Unidad Penal

Julián Christe pasará a prisión domiciliaria tras decisión de la Cámara de Casación Penal sobre su situación en la Unidad Penal

En una decisión que se hizo pública hoy, la Cámara de Casación Penal de Paraná revocó la resolución del 1° de agosto del juez de Garantías, Juan Francisco Malvasio, quien había ordenado el traslado de Julián Christe a la Unidad Penal N° 1 de Paraná, anulando así el arresto domiciliario que cumplía hasta ese momento.

El dictamen fue emitido por el juez Alejandro Grippo, con el respaldo de sus colegas Gervasio Labriola y Matilde Federik. La Cámara sostuvo que la decisión de Malvasio se basó en un único elemento de prueba: una fotografía obtenida de manera ilegal y sin autorización judicial. Además, la imagen no reflejaba un incumplimiento, sino una situación cotidiana: Christe estaba recibiendo a su hijo menor en la entrada de su casa.

“Sin darse cuenta de que estaba siendo fotografiado, su reacción no fue huir, sino todo lo contrario”, destacó la Cámara en un fragmento de su resolución, desmantelando así la argumentación de la querella, que intentaba presentar el incidente como un “acto preparatorio” de fuga.

La decisión de la Casación fue contundente al señalar que en los dos años que Christe ha estado bajo arresto domiciliario, no se registró ningún incumplimiento de las condiciones impuestas. Por lo tanto, consideraron que no había justificación alguna para ordenarle su reclusión en una cárcel.

Este caso no solo pone de manifiesto la debilidad del pedido fiscal y querellante, sino también la gravedad de la medida tomada por el juez Malvasio. En el ámbito judicial, surgieron voces que calificaron dicha acción como un ejemplo de arbitrariedad y falta de imparcialidad.

La resolución de la Casación no solo restablece el estado anterior —la continuidad del arresto domiciliario de Christe—, sino que también envía un mensaje claro: las decisiones judiciales deben fundamentarse en pruebas legítimas y proporcionadas, evitando cualquier abusiva utilización del proceso penal.

En resumen, el fallo de Grippo, Labriola y Federik actúa como un recordatorio de que la imparcialidad judicial no es un concepto abstracto, sino una obligación que debe exigirse en cada resolución. Según la propia Cámara, “un único acto carente de significación ilícita no puede justificar el cercenamiento de un derecho fundamental”.

Julián Christe fue condenado en 2021 por un jurado popular. Sin embargo, en junio de 2023, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia revocó su condena, y desde entonces espera decisiones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Inicialmente, estuvo alojado en el departamento de su madre, la exjueza Ana María Stagnaro, y luego solicitó permanecer en una quinta familiar en Paraná mientras se resuelve su situación judicial. En ese contexto se produjeron los hechos que ahora han sido abordados por la Cámara de Casación Penal.

En abril de 2021, un jurado popular determinó que Christe había comprimido el cuello de su pareja, Julieta Riera, de 23 años, dejándola inconsciente, y la había arrojado desde el octavo piso del edificio del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER), ubicado sobre la Peatonal San Martín de Paraná.

La situación quedó en suspenso tras la revocación de la condena por parte del STJ. Ahora, la decisión está en manos de la Corte, que debe resolver varios pedidos: por un lado, las solicitudes de la defensa para evitar un nuevo juicio, y por otro lado, las peticiones de la Fiscalía y la querella para confirmar el veredicto del jurado popular.

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