Miércoles, 18 de abril de 2007   |   Policiales

Intiman partidos políticos para que blanqueen su patrimonio

Será en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos. Es que sólo cinco fuerzas políticas presentaron en tiempo sus balances correspondientes al ejercicio 2006.
Agotado el plazo que establece la Ley 26.215, que regula el financiamiento de los partidos políticos a nivel nacional, sólo cinco fuerzas reconocidas en Entre Ríos informaron a la Justicia Electoral sobre su estado patrimonial.El listado incluye al Partido Demócrata Cristiano, la Unión Cívica Radical, el Partido Comunista, el Partido Unidad Federalista y el Partido Popular de la Reconstrucción.Todas estas agrupaciones informaron sobre el estado de sus cuentas dentro del lapso que marca la ley: 90 días después de haber cerrado su último ejercicio anual. Casi todos los partidos lo hacen el 31 de diciembre de cada año.En tanto, otras ocho agrupaciones partidarias omitieron presentar sus balances y serán intimidas en breve por el Juzgado Federal de Paraná, bajo apercibimiento de sufrir la suspensión de aportes con los que el Ministerio del Interior fomenta el funcionamiento de los partidos políticos.La lista está compuesta por el Partido Justicialista, el Partido Humanista, Acción por la República, la Red de Participación Popular, el Movimiento por Todos, el Movimiento Socialista de los Trabajadores, el Nuevo Espacio y el Partido Socialista.La información fue brindada en la Secretaría Electoral Distrito Entre Ríos ante una consulta de accesolibre.org. Es que los partidos políticos están obligados a presentar toda la documentación referida al estado de sus cuentas y cualquier ciudadano puede pedir que le informen al respecto.Para solicitar esa información, al igual que la referida al financiamiento de las campañas electorales, no hace falta fundamentar el pedido ni resulta indispensable acreditar interés legítimo.Según establece la Ley 26.215, sancionada el 20 de diciembre de 2006 y promulgada por el Poder Ejecutivo nacional el13 de enero pasado, "los estados contables y demás informes podrán ser consultados en la sede del juzgado por cualquier ciudadano e incluso solicitar copia"La norma, que reemplazó a la Ley.25.600 y fijó 30 días más para que los partidos políticos rindan cuentas del uso de fondos públicos, también estableció que la omisión del ejercicio contable "importará las sanciones previstas en el artículo 67 de la presente ley".Entre otras medidas, los jueces con competencia electoral pueden "aplicar una multa por presentación extemporánea equivalente al cero coma dos por ciento (0,2%), por cada día de demora del total de fondos públicos que le correspondieren a la agrupación política en la próxima distribución del fondo partidario permanente".Pero las agrupaciones políticas tratan de evitar la otra sanción prevista en el artículo 67, que consiste en "la suspensión cautelar de todos los aportes públicos", para lo que sólo basta con que el juez informe de su resolución al Ministerio del Interior.A los partidos se les exige presentar ante la Justicia Electoral "el estado anual de su patrimonio o balance general y la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio, suscriptos por el presidente y tesorero del partido y por contador público matriculado en el distrito".La ley también señala que "el informe que efectúen los contadores públicos matriculados deberá contener un juicio técnico con la certificación correspondiente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente", a lo que deberá sumarse "la correspondiente documentación respaldatoria".Además la Ley 26.215 indica que las autoridades partidarias "deberán presentar una lista completa de las personas físicas y jurídicas que hayan realizado aportes económicos en el período, detallando datos de identificación personal, identificación tributaria, monto y fecha del aporte". (Fuente: accesolibre.org)

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