
En consonancia con la política de simplificación del Estado promovida por el gobierno de Javier Milei, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) hizo pública este martes la Resolución 450/2025 en el Boletín Oficial, que modifica de manera integral el sistema de certificación y control de los embalajes de madera utilizados en exportaciones.
“El objetivo central es desburocratizar el comercio de embalajes de madera, adaptando los procedimientos a estándares internacionales actualizados y promoviendo una gestión más eficiente, sin afectar los controles sanitarios”, resalta el texto de la norma.
La resolución actualiza y reemplaza artículos clave de la Resolución 199/2013 del Senasa y suprime trámites duplicados que estaban vigentes hasta ahora. Entre ellos, la Autorización Fitosanitaria de Embalajes de Madera de Exportación (Afeme) y, en ciertos casos, el uso del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal Electrónico (DTV-e).
“Ahora, de manera más lógica, se toma como válida la certificación de la planta procesadora de dicha madera, evitando el segundo paso”, explicó Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, en un posteo en la red X. “Cada trámite menos implica un costo menor”, enfatizó.
Hasta el momento, además del certificado de tratamiento que debía emitir la planta donde se procesaba la madera, cada empresa que utilizaba embalajes (por ejemplo, un productor exportador de frutas) debía realizar un trámite individual ante el Senasa. Esto acarreaba más tiempo, costos y burocracia. A partir de ahora, ese paso ya no será necesario.
Como indicó el funcionario, esto “soluciona una molestia innecesaria para la producción”.
“La situación es esta: dado que la madera puede transmitir plagas, el comercio de envases de madera requería un certificado de tratamiento. Resulta que no solo la madera debía tenerlo, sino que cada productor que la utilizaba tenía que realizar un trámite independiente con el Senasa para verificar que la madera usada estaba tratada. Para ejemplificar, si vendo mármol y lo embalo con madera, ese comerciante de mármol debía hacer un trámite en el Senasa. Ahora ya no es necesario”, agregó.
La medida se sustenta en diversas normativas nacionales e internacionales. Por un lado, la Ley 27.233, que declara de interés nacional la sanidad vegetal y establece que todos los actores de la cadena son responsables de garantizar la inocuidad de sus productos. Por otro, la Ley 27.742 (Ley de Bases), que promueve una administración pública más rápida y eficiente.
Además, se alinea con la adhesión de Argentina a la Norma Internacional NIMF Nº 15 de la FAO, que exige que los embalajes de madera sean tratados contra plagas y dispongan de certificados e identificaciones emitidas por centros autorizados y supervisados por autoridades fitosanitarias.
Entre los aspectos destacados de la nueva normativa, se establece que la autorización de establecimientos como los Centros de Aplicación de Tratamiento (Catem), Fábricas de Embalajes de Madera (FEM) y Hornos Secaderos (Hosetram) se obtendrá mediante una declaración jurada digital a través de la plataforma TAD, lo que habilita automáticamente la actividad, con una fiscalización posterior dentro de un plazo de 15 días hábiles.
También se requiere una documentación técnica más detallada, incluyendo planos, manuales operativos y sistemas de trazabilidad inviolable. Además, se define el rol fundamental de los profesionales responsables técnicos, quienes deben supervisar los procesos y dejar constancia de cada operación en los libros de actas.
Otro aspecto relevante es que se elimina la exigencia de emitir el DTV-e para los embalajes de madera utilizados como contenedores, lo que facilita su circulación en el territorio nacional. “Lo más libre posible de interferencias al mercado”, subrayó Sturzenegger.
Por otro lado, la resolución establece un nuevo sistema de trazabilidad para identificar los embalajes, incluyendo códigos numéricos visibles que permiten rastrear su origen y tratamiento. También se contempla la suspensión de técnicos responsables en caso de incumplimientos y se exige una capacitación única, a menos que haya cambios normativos sustanciales.
Finalmente, se aclara que los certificados de tratamiento emitidos por las plantas podrán ser utilizados como respaldo documental cuando los embalajes circulen por otros establecimientos que no estén registrados como Catema, FEM u Hosetram.
“Aún nos queda un largo camino para alcanzar la sociedad más libre que anhela nuestro presidente Javier Milei. Lo más libre posible del Estado y lo más libre posible de interferencias al mercado. Pero avanzamos todos los días en esa dirección. VLLC!”, concluyó Sturzenegger.