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Miércoles, 27 de febrero de 2019

Ganancias y reajuste de haberes: cuál será el impacto para los jubilados de los temas que tratará la Corte Suprema

Ganancias y reajuste de haberes: cuál será el impacto para los jubilados de los temas que tratará la Corte Suprema

El cobro del impuesto a las ganancias y una actualización puntual de haberes sonlas dos cuestiones vinculadas a jubilados que están en la agenda de la Corte Suprema deJusticia de este semestre. En cada caso, lo que se resuelva afectará a un grupo de pasivosy no a la totalidad. ¿Cuáles son los temas en debate y qué impacto tendrá la decisión quese tome?

1. Impuesto a las ganancias

Las jubilaciones y pensiones están alcanzadas por el tributo según lo define la ley. Laconstitucionalidad o inconstitucionalidad de esa disposición aprobada por el Congresoestá en debate en la Justicia desde hace años.Una de las causas que circula ya por las vocalías de la Corte Suprema es la caratulada”Pedrini, Salvador Ernesto contra AFIP”, que tuvo sentencia de la Cámara Federal deParaná.

El reclamante es un jubilado de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de EntreRíos, y los jueces Daniel Alonso y Cintia Gómez declararon, en abril de 2016, lainconstitucionalidad del descuento hecho al haber previsional para el pago deGanancias.Existen otros fallos que van en el mismo sentido, como el que alcanza al jubiladoLeonardo Calderale (en este caso, beneficiario del sistema nacional de la Anses) queobtuvo un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, tras haberreclamado contra el cobro del impuesto en el monto de retroactivo cobrado por haberganado un litigio.En el listado de la agenda semestral de temas difundido por el Centro de InformaciónJudicial, este tema figura como “familia de causas sobre la aplicabilidad del impuesto alas ganancias sobre las jubilaciones y pensiones”.

Fuentes del Poder Judicialconsultadas por LA NACION señalaron que, en principio, el futuro fallo corresponderíaa la causa Pedrini.Mientras que los argumentos en contra de la imposición se basan en señalar que unajubilación no es ganancia, la disposición legal busca sustentarse en el hecho de que,durante la vida laboral activa, los aportes hechos con destino al sistema previsional sondescontados del monto de ingreso sobre el cual se calcula el impuesto (con eseargumento, se dice, no existiría la doble imposición).

Hasta 2016 los jubilados pagaban Ganancias según el mismo esquema vigente para losasalariados. En 2017 eso cambió: se definió por ley que los alcanzados por el tributo sonquienes cobran un ingreso mensual de por lo menos 6 veces el haber mínimo. Esa cifraimponible es, entonces, de $55.854 para el período que va de diciembre hasta este mes,en tanto que sube a $62.242 con los haberes de marzo, que subirán un 11,83% poraplicación de la ley de movilidad.Con este sistema, que prevé una actualización trimestral de la base imponible, en 2018hubo 297.000 jubilados que pagaron Ganancias, según el dato promedio mensualaportado a LA NACION por la AFIP.

Este año, más allá de que se irá actualizando elesquema según la suba de haberes, el número se incrementará. ¿Por qué? Porque en elcaso de quienes tienen más de una prestación previsional, la Anses comenzó aconsiderar la suma de los montos percibidos, a la hora de determinar si se descuenta ono el impuesto. Hasta el año pasado y según aclararon en el propio organismo, paradefinir si se retenía Ganancias y, consecuentemente, para calcular la cuantía de la carga,se tomaba en cuenta cada prestación en particular. La nueva normativa interna de laAnses dispone, en cambio, tomar en cuenta cada CUIL, de lo cual resulta que se sumanlas prestaciones recibidas por una misma persona.

2. Extensión de un ajuste por movilidad

El jubilado Adolfo Badaro fue quien, en noviembre de 2007, obtuvo a su favor un fallode la Corte Suprema de Justicia que ordenó que su ingreso aumentara, por el período de2002 a 2006, según el comportamiento de un índice de salarios. Esa variable habíasubido poco más de 88% en el período considerado. La inflación, mientras tanto, sehabía llevado hasta el 40% del poder adquisitivo de un grupo de jubilados, a los quedirectamente se les mantuvo congelado el haber durante bastante tiempo.El fuerte deterioro del ingreso jubilatorio que muchos sufrieron (el gobierno deentonces había decidido solamente aumentar el haber mínimo), sumado a la decisión delos jueces, provocó una muy alta litigiosidad, que tuvo su punto máximo en 2009,cuando ingresaron a los juzgados más de 103.000 reclamos. Eso motivó que laDefensoría del Pueblo de la Nación presentara ante la Justicia un reclamo, para que sedispusiera aplicar el criterio Badaro en forma generalizada, a todos los jubilados que seencontraran en una situación similar a la del reclamante (es decir, a los que entre 2002y 2006 no habían recibido una recomposición de haberes de al menos 88%).Ese caso llegó hace años al tribunal supremo y, de hecho, en más de una oportunidad seconvocó a las autoridades de la Anses para que expusieran sobre el tema: en noviembrede 2012, por caso, el entonces director ejecutivo del organismo previsional, DiegoBossio, se presentó y sostuvo que no había fondos para hacer frente a la erogación quese habría derivado de una sentencia favorable a los jubilados.

Hasta ahora, la Corte no se había dedicado a decidir sobre el tema, más allá de aquellasreuniones. Ahora, lógicamente, un fallo contrario al Estado tendría un efecto muchomenor que el que hubiera tenido en caso de haber sido dictado antes. Pasaron más de 11años desde el fallo Badaro. Desde entonces, muchos jubilados ganaron sus juicios ypudieron cobrar. Otros fallecieron. Y otros firmaron la reparación histórica, ya que estacausa fue una de las incluidas por el gobierno actual en el plan por el cual se hicieronpropuestas de pago a un grupo de pasivos, a cambio de que retiraran sus reclamos de laJusticia o de que no los iniciaran. Por estas horas, diferentes fuentes consultadas nopudieron estimar qué efectos podría tener, en números, este fallo. Sí es seguro que hoysería, para las arcas del Estado, mucho más inofensivo que si no hubiera existido tantademora.

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