
La convención constituyente de Formosa, que comenzó a sesionar hace un mes, derogó este miércoles la cláusula que habilita la reelección indefinida del gobernador, en este caso Gildo Insfránn, quien gobierna desde 1995 y busca su octavo mandato consecutivo. No obstante, debido a su imposibilidad de legislar retroactivamente, Insfrán podrá ser candidato en 2027, cuando concluya su gestión actual.
En diciembre del año pasado, la Corte Suprema de Justicia había declarado inconstitucional el artículo 132 de la Constitución de la Provincia de Formosa, que permitía la reelección indefinida para los cargos de gobernador y vicegobernador. Ante esta medida, Insfrán convocó a la convención constituyente, cuya composición se definió en las elecciones del 29 de junio, donde el oficialismo obtuvo el 70% de los votos.
Este miércoles, los 30 miembros del organismo lograron consenso, y el nuevo límite para la reelección fue acordado entre el justicialismo y parte de la oposición del Frente Amplio Formoseño, especialmente con el bloque Nuevo País. El resultado fue una nueva cláusula transitoria que considera la actual gestión de Insfrán como su primer mandato, permitiendo extender su administración por cuatro años más.
El mandatario, de 74 años, podría terminar así su prolongada hegemonía el 10 de diciembre de 2031, siempre y cuando gane las próximas elecciones provinciales, que se llevarán a cabo en dos años, completando así su mandato que se inició en 1995. De esta manera, podría ampliar a 36 años ininterrumpidos su mandato en la provincia. Sin embargo, esto no necesariamente marcaría el fin de su trayectoria en el Ejecutivo.
Artículo 132: funciones de cuatro años y una sola reelección
Este miércoles por la noche se produjo un hecho histórico, pues se aprobó un nuevo texto para el artículo 132 de la Constitución provincial, que establece: “El gobernador y vicegobernador duran en sus funciones el término de cuatro años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo”.
A pesar de esta normativa, se aclara que: “Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no podrán ser reelegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período.” Es decir, en un escenario hipotético donde Insfrán continúe ganando todas las elecciones a las que se presente, y habiendo dejado de competir para el mandato de 2031, hacia 2035 podría volver a aparecer en las boletas, con la única salvedad de que para entonces tendría 84 años.
Para este escenario, resulta fundamental destacar la nueva cláusula transitoria número cuatro. El texto estipula que “el mandato del gobernador y vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma deberá considerarse como primer periodo.” Por consiguiente, el veterano del Justicialismo, conforme a la nueva ley provincial, está considerando hoy su primer gobierno. La oposición recurrirá nuevamente a la Corte Suprema.
BGD/ML