
El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) rechazó y expresó su preocupación por una decisión de la justicia de Tucumán que impone restricciones a la libertad de prensa al director de una empresa de televisión por cable y al equipo de esa señal, respecto de todo lo vinculado con el trabajo de fiscales, funcionarios y magistrados provinciales.
La medida cautelar fue dictada por el juez subrogante Lucas Taboada tras una denuncia penal presentada por el titular del Ministerio Público Fiscal de la provincia, Edmundo Jiménez. Jiménez promovió una investigación contra el director de la Compañía de Circuitos Cerrados (CCC), Gustavo Olarte, por supuestos entorpecimiento y ofensa al ejercicio de las funciones públicas, coacción institucional e incitación pública a la violencia o al descrédito institucional.
La cautelar no alcanza sólo a Olarte: se extiende a los productores, periodistas y conductores de la empresa y ordena el cese inmediato de la difusión —por cualquier medio televisivo, radial, digital o en — de “todo contenido, programa o publicación que, directa o indirectamente, injurie, desacredite, tergiverse o distorsione la actuación de los fiscales, de sus funcionarios o de los magistrados intervinientes, y su abstención futura de realizar actos comunicacionales de igual naturaleza, bajo apercibimiento de desobediencia judicial”. La resolución fija una vigencia de seis meses.
FOPEA recordó un antecedente reciente de fuerte impacto social y político: la prohibición de difusión de los audios atribuidos a Karina Milei. En ese caso, señalaron, “el juez interviniente intentó censurar toda difusión de contenido considerado injurioso en su contra, pero un tribunal civil falló de manera contundente en favor de la libertad de expresión”.
“Si bien los magistrados reconocieron que los panfletos contenían acusaciones severas, advirtieron que no correspondía restringir su difusión, en tanto los funcionarios públicos y magistrados se encuentran sujetos al escrutinio social, protegido por la libertad de expresión”, añadieron.
“Cuando lo publicado se relaciona con funcionarios públicos, las pretensiones como las que se encuentran sujetas a tratamiento, ceden ante los demás derechos antes aludidos. Si bien las manifestaciones vertidas resultarían acusaciones severas, no pueden prohibirse ese tipo de difusión como la exposición de los funcionarios públicos y los magistrados sujeta al escrutinio público”, remarcaron los jueces en aquel fallo.
FOPEA advirtió que la decisión de la justicia tucumana “afecta claramente el derecho a la información de la ciudadanía y que su aplicación pondría en riesgo la libertad de expresión y de prensa, derechos de raigambre constitucional, además de representar un claro acto de censura previa”.
“La jurisprudencia nacional e internacional indica que el honor, la intimidad y otros derechos de un individuo no admiten como regla la protección judicial preventiva, sino remedios reparatorios. Mucho más cuando se trata de información vinculada a funcionarios públicos. Por ese motivo, el Foro exige la inmediata restitución de los derechos constitucionales a la libertad de prensa y de expresión claramente vulnerados con esta decisión judicial”, concluyó la organización que nuclea a periodistas de todo el país.




