Dos ex funcionarios que ocuparon lugares en la primera línea del Gabinete del intendente Julio Solanas hasta este año, iniciaron en octubre pasado un reclamo administrativo para que la Comuna les abone 27.585, 33 pesos a cada uno en concepto de “diferencias salariales adeudadas” en el período comprendido entre enero de 2004 y diciembre de 2005. El 2 de octubre, con diferencia de dos minutos, ingresaron por Mesa de Entradas de la Municipalidad dos notas dirigidas al intendente Julio Solanas con idéntica redacción y similares consideraciones, aunque con distintos titulares. Una fue presentada por Jorge González, quien se desempeñó al frente de la jefatura de Gabinete de la Municipalidad desde diciembre de 2003 hasta el 30 de julio de 2007, y la otra fue promovida por Diana Olivera, secretaria de Justicia Social entre diciembre de 2003 a mayo de 2007. Ambos ocuparon lugares estratégicos en la gestión solanista y fueron considerados funcionarios muy cercanos al actual Intendente.Iniciado 2007, año de elecciones y de culminación del gobierno, se produjeron cambios en el gabinete. El primero en irse fue Guillermo Van Opstal, quien hasta febrero estuvo al frente de la secretaria de Obras Ciudadanas, después le siguió Olivera y luego González. A pocos meses de producidos los alejamientos, los dos últimos ex funcionarios decidieron solicitar una diferencia salarial –que en total hasta ahora suma 55.170,66 pesos– correspondiente a la primera mitad de la gestión. Cabe recordar que durante 2004, primer año incluido en el requerimiento de los ex secretarios, el Gobierno municipal dispuso declarar a la Comuna de Paraná en emergencia económica y financiera. EL PEDIDO. En idénticos términos, González y Olivera reclaman, a través del mismo grupo de abogados, “el pago de diferencias salariales adeudadas, con más los interese legales desde que las mismas son debidas”. Para eso, las notas citan la ordenanza 7.610, que equipara la remuneración total nominal de un secretario del Departamento Ejecutivo municipal con la de un concejal y contempla una cláusula de enganche con el personal de planta al momento de actualizar las remuneraciones del staff político. Concretamente, el artículo 3º de la norma establece que “la adecuación de las remuneraciones (del presidente municipal, secretario y subsecretario del Ejecutivo y prosecretario del Concejo Deliberante), quedará condicionada al aumento que se otorgue al personal municipal de planta permanente, mediante la aplicación del porcentaje promedio”. En 2006 la vigencia de ese artículo fue suspendido a través de la sanción de otra ordenanza que rigió desde el 1 de enero de ese año hasta principios de 2007. En ese momento, se argumentó la medida en la necesidad de adoptar una actitud de “renunciamiento” para evitar incrementos en los gastos administrativos. Sería por esa causa que la solicitud de los ex funcionarios llega hasta diciembre de 2005 (ver recuadro).Así las cosas, los reclamantes entienden que durante el período en cuestión –enero 2004 a diciembre 2005– se aplicaron incrementos a los sueldos de la planta permanente y que, en consonancia, se actualizaron los haberes de los miembros del Concejo Deliberante, sin que ocurriera lo mismo con los haberes de los secretarios del Departamento Ejecutivo. Y en las notas –a las que accedió EL DIARIO– se mencionan las subas percibidas por el personal de planta desde enero de 2004 y diciembre de 2005 a través de tres decretos –140/04, 417/05 y 1122/05–, que no habrían sido aplicadas a los sueldos del personal político del Ejecutivo (ver El dato). Seguidamente se esbozan los cálculos con relación a la incidencia de dichas disposiciones en los haberes básicos y, en base a esos números, los abogados concluyen en el monto final por diferencia salarial que ahora piden cobrar Olivera y González. Concretamente, se detalla que en enero de 2004 el básico de un secretario era de 2.506, 95 pesos. Si a ese monto se le hubiesen aplicado las variaciones dispuestas por los decretos citados, el salario básico habría tenido que elevarse a 2.853,16 pesos a principios de 2004 y concluir en diciembre de 2005 en 4.090, 28 pesos. MÁS. A la proyección del básico, se le añade el impacto de los decretos en la ordenanza 8.280 –vigente desde julio de 2001– que fija un porcentaje no remunerativo sobre el sueldo, calculado en base a la remuneración básica, en concepto de Régimen de Reintegro por Gastos de la Función. En realidad, la norma de 2001 redujo en un 20 % el índice que fijaba la ordenanza 6.861 y estableció que desde entonces debía ser el “equivalente al 60 % de las remuneraciones básicas correspondientes”. En base al planteo, se detalla que por ese ítem en enero 2004 debían haber percibido 1.711,9 pesos por mes, 2.191, 23 en marzo de 2005 y 2.454,17 a partir de julio de 2005. En total, por ese concepto reclaman 9.810,53 pesos y 16.350,67 pesos por diferencia en el básico.La suma general asciende a 26.161,20 por básico y ordenanza 8,280 a lo que añaden las diferencias por Sueldo Anual Complementario de 2004 y 2005. Así, el cálculo final termina en 27.585,33 por cada uno de los dos ex funcionarios de Solanas. El dato53,81POR CIENTOes la suma de los aumentos aplicados a los salarios básicos de la planta permanente entre enero de 2004 y diciembre de 2005, dispuestos por los tres decretos mencionados en el reclamo presentado por Jorge González y Diana Olivera. Por el decreto 140 de 2004 se aplicó un incremento del 13,81 %, por el que el sueldo básico de los ex secretarios debiera haber subido de 2.506 a 2.853 pesos y las suma por Reintegro por Gastos de Función de 1.504 a 1.711 pesos, según sus cálculos. El decreto 417 de 2005 fijó una suba del 28 % y el básico de los secretarios –según González y Olivera– hubiese tenido que ser de 3.652 pesos y el ítem por reintegro, sumar 2.191 pesos. Luego, con el decreto 1122/05 que convalidó una suba del 12 % promedio, el haber debiera haber trepado a 4.090 y el pago del Reintegro 2.454 pesos. En 2006 se suspendió el dispositivo del enganche En marzo de 2006, el Concejo Deliberante sancionó una ordenanza que suspendió “por un tiempo determinado” la aplicación del artículo 3 de la ordenanza 7.610 de 1993. Esa norma establece un sistema para el cálculo de los haberes del personal político que “engancha” el salario del intendente, los concejales y los funcionarios, con rango de secretario y subsecretario, al sueldo del empleado de planta. La suspensión del artículo 3 de la 7.610 empezó a regir a partir del 1 de enero de 2006 y en los fundamentos “se propone concretamente la suspensión por el término de un año”. Es decir, que la medida habría caducado en enero de este 2007. La ordenanza aprobada en 2006 consideraba en sus fundamentos que “el dispositivo (de enganche) pretende mantener medianamente un esquema de actualización salarial equitativo, ya que no es un régimen especial que establezca un esquema de privilegio”. El texto argumentaba que la cláusula de enganche tiene “el objeto de mantener la elongación salarial lógica que debe sostener jerárquicamente la estructura remunerativa de toda organización, sobre todo en una economía afectada por el flagelo inflacionario, con la consecuencia lógica de deterioro del poder adquisitivo que sufre el salario”. Sin embargo, “independientemente de la razonabilidad del dispositivo” y ante el aumento de “los costos de prestación de los servicios”, el Concejo había considerado oportuno traducir su preocupación “en una acción concreta de renunciamiento a cualquier ajuste salarial futuro que implique un incremento de los costos de administración”. (El Diario)





